Política

Código Nacional Civil y familiar

El pasado 1 de agosto de 2022 se llevó a cabo el segundo Foro de Justicia Cotidiana “Hacia un Código Nacional de Procedimientos Civiles”, celebrado en las instalaciones del Colegio de Notarios del Estado de Nuevo León. En este foro se trataron los temas: oralidad, justicia civil, justicia mercantil. En dicho foro tuvo participación la Correduría Pública Mexicana en la mesa de trabajo denominada “Justicia Mercantil”, con el tema “La inclusión del corredor público como fedatario público en el CNPCyF”.

La idea de participar, por parte de los Corredores Públicos en estos foros, es el de enriquecer la iniciativa del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares que, teóricamente, debía haberse publicado en un plazo que no excedería de ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigor del Decreto, esto es, desde mediados de marzo de 2018 fecha en que se debió legislar al respecto.

Habrá que decir que dentro del gremio de los abogados los Corredores son los que tienen mayor conocimiento del Derecho Mercantil, y en base a ese expertise proponían mejoras en beneficio de nuestro sistema judicial, sin embargo, sin una excusa válida, el presidente del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, Guillermo Escamilla Narváez pretendió, y opto sin éxito, en forma penosa, descalificar la propuesta de la Correduría Pública la cual, insisto, solo pretende que la sociedad disponga de mejores leyes en su beneficio, y más ahora qué hay una gran carencia de “seguridad jurídica”

Afortunadamente la señora diputada que coordinaba en ese momento el foro no entro en polémica, señaló que ellos escuchan a todos y finalmente tienen una mesa de expertos que estarán cuidando debidamente cada una de las aportaciones que “nuestros ponentes hagan”.

Ni caso tiene reproducir los falaces argumentos señalados por el notario, que, o no entendió la propuesta formulada, o pretender revivir un antiguo conflicto, ya inexistente para la gran mayoría de los integrantes de ambos gremios (notarios vs corredores)el cual tuvo su origen con la promulgación de la Ley Federal de Correduría Pública en 1992.

El último conflicto legal entre gremios se terminó en 2020 al resolverse un Amparo interpuesto por el Colegio Nacional del Notariado Mexicano alegando una supuesta inconstitucionalidad del Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública publicado en 2012 cuando se publicó el nuevo Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública, y después de mas de 7 años la Primera Sala de la Suprema Corte de justicia de la Nación dicto Sentencia en el Amparo en Revisión número de expediente 509/2019, donde la Justicia de la Unión no amparó ni protegió a los notarios. Sentencia que tuvo como ponente a la ministra Norma Lucia Piña Hernández, misma que confirmo y validó la legalidad y constitucionalidad del actuar de los Corredores Públicos. Debo aclarar que para la gran mayoría de notarios exitosos ni les preocupa la existencia del otro gremio, ya que entienden que tienen campos de acción diferentes.

La interrupción en el foro no permitió que se presentara la propuesta más importante, elaborada bajo el liderazgo del Instituto de Justicia Alternativa de Jalisco, por los Colegios de Corredores, de Notarios, abogados experimentados y Mediadores de este glorioso estado, en la materia de Arbitraje civil, la cual merece no solo ser escuchada, debe ser integrada al Código de Procedimientos en desarrollo, donde ya se contempla un capítulo relativo a esto,sin embargo se aleja de los principios internacionales fijados por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional.

Debe contar nuestro país con un procedimiento bien normado que permita la implementación del Arbitraje civil el cual vendrá a fortalecer los Medios Alternos de Solución de Controversias.

Héctor Romero Fierro


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