Con la idea errónea de que el Congreso es una “entidad soberana” y los diputados, como parte de ésta también lo son y pueden hacer lo que les venga en gana, en el Congreso del Estado se siguen dando palos de ciego.
Y por creer tal cosa y desacatar la sentencia que les ordena ratificar a Ángel Mario como magistrado del Poder Judicial, hoy pesa sobre sus cabezas la amenaza de la SCJN de destitución, inhabilitación y enfrentar un proceso penal.
Alguien debería decirles a los diputados que conforme a los artículos 39, 40 y 41 de la Constitución federal, y 29 y 30 de la Constitución local, el único soberano es el pueblo, por lo que los legisladores, el titular del Ejecutivo y los jueces son solo representantes de la soberanía popular que, en su nombre, realizan “actos soberanía”, siempre y cuando actúen apegados a las directrices constitucionales y de las leyes que de la Constitución derivan.
Los diputados deberían saber que con fundamento en los citados artículos el pueblo, como titular de la soberanía, ejerce su poder mediante el mandato que ellos recibieron a través del voto directo y secreto para que se les represente.
Por tal razón ellos son solo representantes del poder soberano popular, un poder absolutamente indivisible; pero convencional y racionalmente dividido para su ejercicio en poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Esta ignorancia, o tal vez arrogancia, los hace ver chuscos cuando desde el pódium se dirigen a sus homólogos en la asamblea legislativa diciendo: “Esta soberanía”, cuando lo correcto sería que digan “esta representación soberana” o “esta representación de la soberanía popular”.
Deberían saber también que como representantes legítimos de la soberanía popular —al igual que en los otros poderes en las funciones que les asignan las leyes— pueden realizar “acto soberanía” para crear, derogar o abrogar leyes, para lo cual, si no quieren incurrir en delitos, tienen que sujetarse a lo que la Constitución y las leyes les ordene.
Todas las legislaturas han estado cortadas con la misma tijera; pero al parecer en la Septuagésima Quinta Legislatura a esas tijeras se les acabó el filo. Pues no atinan ni siquiera a una. Se la han pasado litigando contra el gobernador y contra ciudadanos, y la mayoría de estos juicios los han perdido.
La más triste de estas derrotas es la controversia constitucional promovida por el gobernador contra el Congreso, en la que se le reclama la creación de reglas procesales especiales, prohibidas por la Constitución, para destituirlo de su cargo.
Finalmente, la SCJN determinó que el Congreso erró en el camino para la determinación y ejecución de la sanción que correspondía al gobernador por desviación de recursos en el proceso de recolección de firmas de ciudadanos, para postularse como candidato a la presidencia. Gracias a esta pifia, al parecer la falta cometida quedará sin castigo.
Entre los litigios contra ciudadanos se encuentran los procesos de designación de cuatro magistrados del Poder Judicial y uno más del Consejo de la Judicatura, en los cuales los diputados, fingiendo realizar “actos soberanía”, los cuales ciertamente son irrefutables, ya que contra ellos no procede el juicio de amparo, lo que en realidad han realizado es actos de sobrada arbitrariedad, convalidados algunos de ellos por jueces y magistrados del PJF.
En el amparo en revisión 760/2019, promovido por uno de los ciudadanos que se sintieron defraudados por un proceso viciado por quienes están obligados a cumplir y hacer cumplir la ley, no hubo de la justicia federal el mismo trato que se otorgó al aún ex magistrado Ángel Mario; queda aún recorrer el camino hacia la Corte; y en el caso de la designación arbitraria del magistrado integrante del Consejo de la Judicatura, el único camino que queda es la justicia de los órganos supranacionales.