La movilidad humana ha sido y perdura hasta nuestros días, como un desafío digno de atender con una perspectiva de derechos humanos y de analizar desde una interseccionalidad, pues no es lo mismo ser migrante hombre o mujer sin discapacidad que serlo con discapacidad, más aún cuando esa discapacidad es adquirida durante el trayecto.
Durante 2002 al 2014, al menos 476 personas en movilidad humana en tránsito fueron mutiladas por el tren, según los datos del Instituto Nacional de Migración (INM) de México, entre los estados con mayor registro de accidentes son Veracruz, Tabasco y Oaxaca, en este el más trágico del que se tenga documentado, cuando una madre afrodescendiente junto a su bebé hondureño de once meses, cayó del tren lo que le provocó al infante perder su pierna izquierda.
Son datos del Estudio Regional sobre la situación de las Personas con Discapacidad Refugiadas, Desplazadas y Migrantes de América Latina “Discapacidad y Movilidad Humana”, con foco en México y Centroamérica a cargo de UNHCR ACNUR y RIADIS, en el cual, reconocen una legislación sólida y robusta para garantizar los derechos de las personas en tránsito, pero que carecen de un enfoque diferenciado en las leyes, políticas y programas gubernamentales de este sector del continente.
El Estudio reconoce que son los integrantes de organismos internacionales como el Comité Internacional de Cruz Roja (CICR) y Médicos Sin Fronteras (MSF) quienes se preocupan y ocupan por ofrecer servicios específicos hacia personas refugiadas y migrantes con discapacidad, direccionando sus esfuerzos en atender necesidades de rehabilitación y en menor escala la atención en la discapacidad psicosocial.
Si la identificación, reconocimiento y atención específica para personas con discapacidad motriz ha sido un reto para los países de Centroamérica donde está concentrado el tránsito de personas, imagine aquellas que viven o adquieren una “poco visible” como la ansiedad, la depresión, el estrés postraumático.
Justo hace dos años, un 27 de septiembre de 2019, los integrantes de la sociedad civil organizada lograron incidir en la Lista de Cuestiones para el Estado Mexicano, en la que se agregaron seis a preguntas, que el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad solicitó al gobierno de México, en el marco del artículo 18 de la convención sobre Libertad de desplazamiento y nacionalidad.
Primero Persona.