Esta semana, se prevé, el Senado de la República cerrará el proceso legislativo sobre la reforma político-electoral, el llamado “Plan B”. Podrá ser un trámite sin mayor complicación, pues el grueso de la reforma político-electoral ya está aprobado y sólo se resolverá la eliminación que hizo la Cámara de Diputados a la multi señalada “cláusula de vida eterna” de los partidos pequeños a través de la distribución de votos en candidaturas comunes. Cerrado ese trámite, la minuta de decreto de reformas, adiciones y derogaciones sobre nuestro actual sistema político-electoral, se remitirá al Ejecutivo federal para su sanción, publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor, poniéndose así los elementos necesarios para que dicha magna reforma pueda ser controvertida e impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
A la fecha, ante la SCJN ya se interpusieron diversas acciones de inconstitucionalidad sobre la Ley General de Comunicación Social, reforma integrante del “Plan B” que pasó el trámite Legislativo sin discusión, pero que abre la puerta para que desde el servicio y la función pública se incida en la información y voluntad de la ciudadanía en procesos electorales, pues eximen a servidores y funcionarios públicos, so pretexto del ejercicio de la libertad de expresión, el realizar propaganda siempre y cuando ésta no esté presupuestada en el gasto público.
La SCJN, sin entrar al fondo del tema, se pronunció sobre esto último la semana pasada, al señalar que dicha norma no es aplicable en los estados deCoahuila y México, donde hay procesos electorales en curso.
Esta determinación de la SCJN guarda congruencia con lo ya resuelto el 8 de noviembre de 2022, cuando invalidó el decreto interpretativo que hizo la Cámara de Diputados sobre el concepto de propaganda el 17 de marzo de 2022, para abrir la puerta a servidores y funcionarios públicos a pronunciarse y realizar promoción en el proceso de revocación de mandato, eximiéndolos con ello de responsabilidad. No olvidemos que en ese entonces tanto el Instituto Nacional Electoral (INE) como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ante la actividad promotora de la revocación de mandado habían sancionado a servidores públicos y medios de televisión de concesión pública.
Sin embargo, la SCJN no entró al fondo al invalidar ese decreto interpretativo; la razón que se expuso ese 8 de noviembre de 2022 por parte de la ministra ponente, Yazmín Esquivel Mossa, fue sencilla y directa: violación a la veda electoral, pues ese decreto violentaba lo establecido en e{ penúltimo párrafo de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Federal, que expresamente marca una prohibición: “Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”. En 2022 estaban en curso diversos procesos electorales locales, incluso algunas gubernaturas en disputa.
Con el “Plan B” no sólo se resucitó el decreto interpretativo sobre propaganda de 2022, sino que se puso en ley. La SCJN, por ahora sólo se ha pronunciado sobre su aplicabilidad en los procesos electorales de Coahuila y el Estado de México; el fondo, propaganda y libertad de expresión, está por resolverse.
A lo anterior, dos asuntos contra reloj están en la agenda legislativa que azuzan a los demonios: la corrección de la convocatoria para la elección de cuatro consejeras/os del Instituto Electoral Nacional (INE), y entre ellos a quien lo presida, a partir de mayo próximo.
Este asunto está en la Cámara de Diputados. Hicieron mal la convocatoria que emitieron en diciembre del año pasado, el TEPJF les ordenó corregir la convocatoria, y ahora se hacen que no entienden la resolución del tribunal. O sea, estiran la liga con efectos dañinos para una institución como el INE en la víspera del inicio del Proceso Electoral Federal y locales 2023-2024. Esto, además, se suma a un rechazo de acuerdos en el Congreso y en caso extremo, dejar la elección de consejeras y consejeros a la SCJN para que la elección se haga mediante un mecanismo de insaculación, es decir, al sorteo previsto en la ley cuando no hay acuerdos.
Por otro lado, en el Senado de la República, pendientes desde 2021, tienen que elegir a 22 magistradas/os electorales locales de los estados de Baja California, Colima, Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco y Yucatán. Los diez primeros operan a la fecha de manera unipersonal, es decir, con uno de tres magistradas/os que deberían tener para operar colegiadamente.
Pero no perdamos de vista lo primero, el “Plan B”, que de concluir su proceso legislativo esta semana, abrirá otro frente de acciones y controversias constitucionales ante la SCJN y que se sumarán a las ya presentadas sobre la Ley General de Comunicación Social.
Así, el futuro de la democracia en México, se moverá en tres centros de decisión: la SCJN, la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, donde los demonios ya rondan, acechan contra la democracia.
¿Cómo y quién puede exorcizar esos demonios? La reforma y las decisiones están en pocas manos;en quienes detentan y ejercen el poder otorgado-delegado. Eso no puede quedar así, por lo que habrá que girar la atención y que se abran otros frentes de acción, con mayor poder, el de ciudadanas y ciudadanos que hagan sentir, sobre todo a la SCJN, que las ministras y ministros están en su momento histórico de proteger y salvar la democracia.
Twitter: @jrubenalonsog
Rubén Alonso