Política

Agua: control, derecho humano y el riesgo de una reforma sin infraestructura

Apenas unos días antes de cerrar el año, el Congreso aprobó una de las reformas más sensibles y polémicas en materia de recursos naturales: los cambios a la Ley de Aguas Nacionales y la publicación de la nueva Ley General de Aguas, vigentes desde el 12 de diciembre. La premura legislativa contrasta con la profundidad de los impactos que estas modificaciones tendrán sobre la industria, el campo, los parques industriales y, en general, sobre la gobernanza del agua en México.

El espíritu de la reforma es claro: concentrar mayor control del agua en la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y eliminar prácticas que, durante años, permitieron la creación de un mercado secundario de derechos de agua. Bajo el argumento de proteger un bien nacional y garantizar el derecho humano al acceso al agua, se cancelan figuras clave como la transmisión de derechos de concesión y el suministro de agua a terceros, incluso cuando estas operaciones se realizaban bajo esquemas regulados y notificados a la autoridad.

Es importante poner contexto. El agua nunca ha sido propiedad privada; es un bien nacional. Lo que se otorga a los particulares son títulos de concesión, con derechos y obligaciones específicas. Sin embargo, la reforma no modifica la naturaleza jurídica del agua, sino que restringe drásticamente los derechos derivados de esas concesiones, rompiendo con un modelo que, con sus fallas, permitía cierta flexibilidad operativa en regiones con estrés hídrico.

Uno de los puntos más delicados es la eliminación de la certeza en la prórroga de las concesiones. Antes, cumplir con la ley, pagar derechos y respetar volúmenes garantizaba la renovación. Hoy, esa prórroga queda sujeta a la discrecionalidad de Conagua y a la disponibilidad del acuífero al término del plazo. El mensaje para la inversión es ambiguo: se exige cumplimiento, pero se elimina la previsibilidad jurídica.

Otro efecto inmediato se verá en los parques industriales, desarrollos turísticos y consorcios empresariales, donde un solo título de concesión abastece a múltiples usuarios. Con la nueva prohibición de suministro a terceros, el modelo operativo queda en el aire. ¿Cada empresa deberá tramitar su propio título? ¿Habrá volúmenes disponibles? Las respuestas no están en la ley y se delegan a un reglamento aún inexistente.

La paradoja es evidente. Mientras el discurso oficial impulsa el nearshoring y la atracción de inversiones, la reforma introduce un nuevo cuello de botella hídrico que podría frenar proyectos productivos, justo en un contexto de desaceleración económica y recortes presupuestales en infraestructura.

Además, el debate público ha estado marcado por un mito persistente: que la industria acapara el agua. Los datos son contundentes: solo alrededor del 8% del agua concesionada está en manos del sector industrial. El verdadero problema del acceso al agua potable no es el consumo industrial, sino la falta histórica de infraestructura hidráulica, especialmente en regiones del sur del país donde, paradójicamente, hay abundancia de agua pero escasez en los hogares.

La nueva Ley General de Aguas reconoce el derecho humano al agua, pero no ataca la raíz del problema: inversión en presas, acueductos, plantas de tratamiento y redes de distribución. Sin infraestructura, el derecho queda en el papel.

Finalmente, la gran incógnita es administrativa. Se le otorgan más atribuciones a Conagua en un momento en el que enfrenta recortes presupuestales, falta de personal y rezagos históricos en trámites. Pedirle que haga más con menos es, cuando menos, riesgoso.

La reforma del agua abre un nuevo capítulo. Puede ser una oportunidad para ordenar el sistema, pero también un foco rojo si se implementa sin reglas claras, sin capacidad institucional y sin inversión pública. En el equilibrio entre control estatal, certeza jurídica y derecho humano al agua, México aún no encuentra el punto medio.

Claudia Rodríguez, especialista en derecho inmobiliario y ambiental

Juan Carlos Machorro experto en transacciones financieras y corporativas internacionales.


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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