Política

Necesidad de…… “jueces sin rostro” + legalidad = estado autoritario (I)

La finalidad del Estado Moderno fue que mediante la declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano derivado de la Revolución Francesa en la que según los contractualistas (Rousseau) abandonamos la libertad natural del estado de naturaleza para contratar la libertad civil mediante el pacto con el estado, lo anterior con la finalidad de que el estado nos brinde protección y seguridad jurídica.

Con dicho pacto el estado moderno terminó con la multiplicidad de fuentes del derecho que existían durante la edad media y por tanto se erige un constitucionalismo clásico en el que principalmente se puede distinguir según Hart normas jurídicas de las no jurídicas.

Lo que llevó a la construcción de los sistemas jurídicos que finalmente ponen de manifiesto como valor la seguridad jurídica que lleva al gobernado a tener certeza sobre las consecuencias de sus conductas y poder así pronosticar la respuesta por parte del estado por tal acción.

En dicho estado de seguridad jurídica se erige como principal margen de acción por parte del estado el respeto a los derechos individuales del gobernado. En este caso con el paradigma constitucional se establecen las normas programáticas del estado como límite al ejercicio del poder público e ideales políticos como prerrogativas para los gobernados.

Es por ello que resultó que los principios que podemos extraer de este Estado de Seguridad Jurídica es la Certeza Jurídica, la cual mediante el orden común, la paz y la seguridad se constituyen los estados modernos con la base de la división de poderes.

Estado de Seguridad Social.

Del estado de seguridad jurídica (de abstención del siglo XVIII y XIX) que resalto la esfera de derechos como individualidad del sujeto (gobernado) operando la fórmula primero el individuo frenteal estado; y progresivamente a principios del siglo XX se transitó ideológicamente a un estado de seguridad social que sería conformado por actividadpositivaen la intervención a la vida de su población como finalidad del bien común colectivo, con ello viene a invertirse el silogismo del estado de seguridad jurídica por el propio del estado de seguridad social en el que primero es el bien colectivo (general) y derivado de ese bien general se deriva un bienestar individual, esto bajo las ideas de Jeremy Bentham (utilitarista) de un estado asistencial.

En esta transformación de las ideas progresistas de la obligación del estado de no solo tener una actitud de abstención frente a las libertades del gobernado sino también en un "hacer" en favor o en pro de sus gobernados el estado social se erige al menos ideológicamente en sus inicios en los textos constitucionales del siglo XX siendo la primera constitución social de dicho siglo la Mexicana.

En la que su característica principal es convertirse en un estado de bienestar que ahora abandone la pasividad y se pronuncie por una actividad invasiva hacia la vida material de los gobernados y por lo tanto realice acciones positivas de brindar salud, asistencia social, pensiones, educación, etc.

Con la intervención del estado social se construye la fortaleza estatal de legitimidad del ejercicio del poder público en que la situación permeé en la vida de sus ciudadanos y por lo tanto el bien general se aproxime.

Claros ejemplos del estado intervencionista es el llamado New Deal (nuevo trato) que el presidente estadounidense Franklin D. Roosevelt instauró para poder ayudar a la población de su país que finalmente tuvo efectos positivos y algunos mejorables para el futuro.

Por lo que podemos vislumbrar que el estado social al controlar la economía, el patrimonio nacional como la industria estratégica de producción interna viene a ser su patrimonio colectivo.

ALBERTO ZENTENO

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