La consideración de las personas con discapacidad dentro de Grupos Vulnerables en las Relatorías de Derechos Humanos de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Coahuila (CDHEC) es ya una visión tangible sobre lo hecho en el documento, pero de relativa confianza por tres razones que aquí explicaré.
Desde las dos entregas anteriores, advertí lo incompleto del trabajo de los relatores, específicamente la encargada de Género y Derechos Humanos al abundar el tema sobre mujeres, dejando fuera a las mujeres con discapacidad. Lamentable.
Al mencionar a las personas con discapacidad en la Relatoría a la cual dedicaré las letras de esta columna que comprende al análisis de la tercer y última entrega, las pone en modo visible, pero de manera muy superficial y con manejo de información que preocupa sobre “los modelos” para el trato a las personas con discapacidad cuando en realidad solo hay uno vigente: el modelo de derechos humanos.
Uno. Se citan los resultados sobre un supuesto Informe en 2021 titulado El Derecho a la Accesibilidad de las Personas con Discapacidad en las Presidencias Municipales en Coahuila donde se evaluaron 17 categorías distintas tratando de reflejar capacitaciones orientadas al trato a la discapacidad y la accesibilidad en las instalaciones.
Las peores calificadas fueron las presidencias de Guerrero, Lamadrid y Parras en tanto que las que arrojaron mejor puntaje fueron Saltillo, Torreón y Acuña.
Digo supuesto, porque el Informe no aparece en la página oficial de la CDHEC para conocerlo desde su metodología hasta su aplicación y otros hallazgos para proceder a su lectura, revisión y análisis tal como fue posible con las Relatorías de Derechos Humanos a la que le he dedicado tres columnas para desmenuzar el tema de discapacidad. Hasta hace 24 horas en que se redactaba esta columna no aparecía en el sitio web de la CDHEC.
Cabe aclarar que, por ahí, aparece el Informe Anual 2021 de las actividades de la Comisión distribuidos en tres archivos PDF.
El índice cita dicho Informe en la página 105 –que en realidad viene en la 107- pero solo le dedica unos renglones para decir que está pendiente para terminarla y presentarla en diciembre 2021. Solo eso.
Dos. No se detalla la presentación de quejas ante la CDHEC en materia de hechos que instituciones públicas y/o servidoras-servidores públicos pudieran haber vulnerado la dignidad de las personas con discapacidad. No admite ni se descarta, simplemente se omite.
Y tres. En la página 149 de la Relatoría, en el párrafo tres, cita lo siguiente:
“Si bien la discapacidad puede abordarse desde distintos modelos, tales como el de prescindencia; el modelo médico-rehabilitador o el modelo social, actualmente podemos hablar de la discapacidad abordándolo desde un enfoque de derechos humanos”. Aseveración errónea.
El modelo para la atención hacia las personas con discapacidad ha cambiado con el tiempo –afortunadamente- en México y el mundo.
Hoy se habla de discapacidad desde un modelo de derechos humanos a propósito de la entrada en vigor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).
Asegurar que se “puede” tomar uno u otro modelo como opción no solo es falso es peligroso de llegar a manos de profesionales de la salud, por ejemplo, encantados con la visión capacitista para “normalizar” a las personas con discapacidad ¡Qué miedo!
Las personas con discapacidad no son objeto son SUJETOS de derechos y por lo tanto es menester atender a un modelo social y derechos humanos. Así nomás.
El esfuerzo realizado por documentar la sistematización de violaciones a derechos humanos en Coahuila es oportuna, necesaria y hasta noble, pero el documento nos queda a deber por presentar datos incompletos e imprecisos.
El servicio público en sus tres niveles de gobierno es y será necesario para los ciudadanos –nos guste o no- por lo que se requiere más que solicitudes de información: una amplia visión de las personas que habitan en nuestro estado. Ninguna sale sobrando.
Primero Persona.
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