Política

El libre desarrollo de la personalidad, desde laperspectiva de género

La emblemática reforma que ocurrió en junio de 2011 a la Constitución Política de México, colocó al centro de los análisis jurídicos los derechos humanos de todas las personas, con acciones elementales que TODAS las autoridades en nuestro país no debieran pasar por alto: promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, siendo responsables de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones que en materia de derechos humanos llegaran a ocurrir.

La reforma coloca al centro a las personas y nuestra dignidad humana... si bien, la lectura a la literalidad de la redacción completa del artículo 1° de nuestra Constitución, cuenta ya con glosarios elaborados por instancia como el Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y otras muchas entidades, para la reflexión de esta semana, es necesario definir que la dignidad humana es la cualidad propia de la condición humana de la que emanan los derechos fundamentales, junto al libre desarrollo de la personalidad, que precisamente por ese fundamento son inviolables e inalienables.

¿Cómo puede el derecho acompañar a las 128 millones de personas que habitan México, para garantizar su libre desarrollo de la personalidad? Podríamos pensar que las bases que establece la Constitución se desdoblan en las 313 Leyes vigentes, emitidas por el Congreso de la Unión, pero esto sigue siendo lejano y abstracto. En noviembre de 2021 existieron1,871,808 mujeres que denunciaron haber sufrido un delito, con la aplicación de los Códigos Civiles para la reparación en caso de daño moral cuando se trasgreden derechos humanos y se vulnera, precisamente el libre desarrollo de la personalidad.

Cuesta trabajo pensar que los marcos jurídicos reformados lograrán por sí solos la diferencia. María Leoba Castañeda recoge en su intervención dentro del libro “Derechos Humanos y Equidad de Género”, que el propio concepto de género hace referencias a las expectativas de índole cultural respecto de los roles y comportamientos de los hombres y mujeres, desde un punto social, más que biológico, pues los roles pueden (y deben) variar con el tiempo. Como abogacía tenemos una alta expectativa y estima por las Leyes, que nos llevan a romantizar que con su sola reforma y en el mejor de los casos, su difusión entre la población, las nuevas interpretaciones que colocan al centro nuestro desarrollo libre de la personalidad, superarán los estereotipos con los que nos mira la sociedad, esperando romper con siglos de un sistema patriarcal que nos ha dicho que creer y sentir, cómo debemos comportarnos, cuáles son nuestras tareas, responsabilidades y hasta lo que podemos llegar a valer, desde un enfoque que no incluyó, hasta hace algunos años, un nuevo paradigma desde lo que implica el género, aunque para muchas personas, sigan enfocándose desde lo que el sexo, la biología o sus propias creencias, privilegios, beneficios, controles o poder, les permitan sentirse en comodidad.

Deseo que este espacio de reflexión sea de su agrado, les espero el próximo lunes para analizar y replantearnos el mundo con una mirada violeta. 

Norma Estela Pimentel

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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