Política

Peña y Saldívar en la mira por VPG

El pasado 10 de abril en la sesión del Congreso local, a cinco años de que la violencia política en razón de género (VPG) fuera reconocida como delito en la legislación nacional y local, el Congreso del Estado de Tamaulipas fue escenario de actitudes machistas normalizadas por sus diputadas y diputados, quienes, en teoría, deberían combatirlas.

En medio de un debate sobre actos de tribunales federales que favorecieron con sus actos al exgobernador García Cabeza de Vaca, denunciados por una diputada, el diputado Gerardo Peña Flores realizó expresiones en contra de la denunciante: “Yo creo que el exgobernador ha de ser su crush, con todo respeto, porque no deja de hablar de él. Pasan los años y sigue, y sigue, y sigue”.

Expresiones inconexas con los hechos denunciados con las que pretendió desacreditar y minimizar la participación de la diputada y, a la vez, constituyeron actos de VPG, la cual incluye expresiones dirigidas a una persona en razón de su género, que la afecta desproporcionadamente, menoscabando o anulando derechos político-electorales como el ejercicio de su cargo público como diputada local.

Las expresiones en una tribuna pública que violan derechos humanos no están amparadas por la ley.

Afirmar que una diputada desempeña su función atendiendo a un supuesto vínculo de tipo amoroso platónico con la persona que está denunciando, actualiza los supuestos de VPG que señalan la difamación, descalificación o uso de estereotipos de género para menoscabar la imagen o derechos de mujeres en funciones políticas, así como cualquier otra conducta similar que dañe su dignidad, integridad o libertad en el ejercicio de cargos públicos o de decisión.

Lejos de rechazar las expresiones de Peña, la diputada Patricia Saldívar se sumó a su defensa, minimizando los hechos al justificar que la palabra “crush” sólo denotaba un interés de atención y desestimando la violencia política en razón de género que denunció la diputada Lucero Deosdady. Con ello, Saldívar contribuyó a la revictimización y normalización de la violencia ejercida.

Frente a estos hechos, el Instituto Electoral de Tamaulipas, instancia competente para resolver denuncias de estas conductas, deben juzgar e investigar con perspectiva de género, valorar pruebas libres de estereotipos, ordenar las diligencias necesarias para esclarecer los hechos y cuestionar la aparente neutralidad del derecho aplicable, tal como ordena la jurisprudencia sobre los elementos para juzgar con perspectiva de género 1ª./J.22/2016(10ª) de la Suprema Corte.

Las sanciones para Peña y Saldívar podrían ser amonestación o multa, así como su inscripción en el registro nacional de personas sancionadas por violencia política por 3, 4 o más años, dada su condición de personas servidoras públicos, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Delitos Electorales.

En pleno 2025, las conductas disfrazadas de “prácticas parlamentarias” o “debates normales”, utilizadas para justificar acciones que menoscaban, limitan o anulan los derechos de las mujeres legisladoras, han puesto en la mira a Peña y Saldívar, quienes podrían protagonizar el cuarto caso de violencia política en razón de género sancionado por el Ietam.


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Nohemí Argüello Sosa
  • Nohemí Argüello Sosa
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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