El derecho al deporte no se encuentra expresamente reconocido en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, ni en el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales: “Protocolo de San Salvador”, a pesar de ello el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales ha indicado en su observación general 21, que forma parte del derecho a participar en la vida cultural del Pacto (1).
Ya en tratados de derechos humanos más recientes y especializados podemos encontrar el reconocimiento expreso de este derecho como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (2), la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad de 1999 (3) , la Convención sobre Derechos de Personas con Discapacidad de 2006 (4) , y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores del año 2015 (5).
En nuestro país, no fue sino hasta el año 2011 que se reconoció en el artículo 4º, el derecho humano al deporte y a la cultura física.
El reconocimiento de este derecho es muy reciente en nuestro país y seguramente es necesario que intensifiquemos su debate y su promoción, de forma que podemos asegurar el acceso al mismo en igualdad de condiciones a todas las personas y disfrutar de sus beneficios.
El deporte no sólo debe de practicarse y asegurarse en contextos libres de discriminación, a la par de promover la justicia, la no discriminación, el respeto y la igualdad de oportunidades. En la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible se le ha calificado como elemento esencial de la paz y el desarrollo.
No obstante, el deporte también se enfrenta a múltiples desafíos. Existen diversas fuentes de información que revelan casos reiterados de racismo, violencia, exclusión y discriminación en la práctica deportiva en el mundo entero.
En concreto en su artículo 9.2, esta Carta reconoce que la oferta del deporte debe ser de calidad, entendiendo que para lograrlo una de las obligaciones es la de identificar y gestionar riesgos, como la discriminación, el racismo, la homofobia, el acoso y la intimidación, el dopaje y la manipulación, la privación de educación, el entrenamiento excesivo de niños y niñas, así como la explotación sexual, la trata de personas y la violencia. Esta misma Carta precisa que los Estados deben favorecer las actividades deportivas, a través de medidas de promoción y estímulo a las mismas.
La PRODHEG participa ya en esta tarea, durante el año 2025, hemos capacitado a 234 personas de la Comisión del Deporte con temas como igualdad y no discriminación, servicio público y derechos humanos, derechos de niñas, niños y adolescentes, educación en derechos humanos y cultura de paz, y el ABC de los derechos humanos para personas servidoras públicas, además de promover la cultura física entre el personal de la institución.