La eutanasia practicada el pasado 26 de marzo a Noelia Castillo, joven española que tras 20 meses logró que la Corte avalara su caso, despierta no sólo asombro sino que hace sonar alarmas en torno a las posibles pendientes resbaladizas a las que puede conducir la despenalización de esta práctica.
Según relatan las fuentes, Noelia no sólo padecía depresión sino que se encontraba parapléjica debido a un intento previo de suicidio, además, desde pequeña vivía en un ambiente disfuncional, donde reiteradamente era enviada a casas hogar para salvaguardar su bienestar, aún así, fue violada múltiples veces quedando con graves secuelas físicas y psicológicas.
Su caso parece la tormenta perfecta de factores adversos que llevarían a una persona a un estado de desesperación y dolor tal, que la muerte aparecería como la mejor opción, sin embargo, ninguna de esas circunstancias desfavorables era incurable ni terminal, lo que lleva a cuestionar el aval de practicarle la eutanasia según la ley española promulgada en 2021.
España publicó su ley a favor de la eutanasia bajo ciertos criterios:
1. Sufrir una enfermedad grave e incurable o padecimieno crónico e incapacitante, certificada por un médico. Contar, a su vez, con un pronóstico de vida limitado.
2. Hacer dos peticiones por escrito u otro medio que quede registrado con, al menos 15 días de separación entre una y otra.
3. Intentar medicina paliativa previamente.
De igual modo, el solicitante debe presentar consentimiento informado previo a recibir la ayuda a morir. En la legislación española, la eutanasia se extiende a personas sin capacidad de decidir siempre y cuando se consulte con otro médico y, finalmente, la petición puede ser revocable y se puede rechazar si así lo considera el médico con posibilidad de apelación por parte del paciente.
Llama poderosamente la atención que Noelia no sufría un padecimiento incurable (la depresión) aunque si incapacitante (la paraplejía); sin embargo, no contaba con un pronóstico de vida limitado: al tiempo de morir tenía 25 años y no existía condición alguna que le pronosticara un menor tiempo de vida.
No obstante el fallo de la Corte fue avalado, argumentando como principal padecimiento su depresión.
Bajo esta óptica, la ley debiera entonces ampliarse a enfermedades mentales o bien condiciones incapacitantes de cualquier índole, incluidas aquellas que no necesariamente atribuyen tiempos de vida limitados a una persona.
Asistimos en este caso a una excepción a la ley que, de aplicarse a otros casos constituiría no lo primero, una excepción, sino una regla general y, con ello, somos testigos de cómo una ley de eutanasia puede fácilmente llevar a una generalización de casos no contemplados, pues definir una condición como meritoria del término de la vida nos coloca en un sin fin de ambigüedades.
Un detalle más del caso en cuestión es el hecho de que, por ley, Noelia debió haber intentado previamente medicina paliativa. Una de las características de esta es el hecho de practicarse en equipo interdisciplinar, es decir, no sólo médicos sino también otros profesionales de la salud como psiquiatras, psicólogos, fisioterapeutas, técnicos, auxiliares, etcétera. Esto lleva a cuestionar aún más la razón argüida como central: la depresión.
Numerosos distractores aparecen en el caso de Noelia, que pueden apoyarse en argumentos emotivos con los que fácilmente se identifiquen las personas, especialmente los jóvenes que, como ella, están expuestos a múltiples formas de violencias y a presentar problemas serios de salud mental.
Éstas razones emotivas apelan al sentimiento o a la empatía para generar respuestas favorables a la eutanasia, como se ha visto en las redes sociales para, después, poder asentar el camino fácil a un aval de la misma.
Sin embargo, pocas reacciones reparan en el incumplimiento de las mismas condiciones impuestas por la ley española y en la pendiente resbaladiza en la que nos sitúa su práctica “por compasión”.
Es cierto que la compasión es una virtud y debe fomentarse, especialmente ante las injusticas y polarizaciones que el mundo nos presenta; pero es falso pensar que ésta solucionará de raíz los problemas que muchas personas padecen actualmente.
No fue justo que Noelia naciera en un entorno familiar adverso, tampoco que haya sido cruelmente violentada en su intimidad, así como tampoco lo es que no haya podido superar su depresión. Su caso es uno donde no se puede ocultar la soledad, el trauma, la deshumanización y la injusticia, pero esto no debe conducir a pensar que sólo muriendo se podrá vivir en paz.
Noelia murió en nombre de la ley, pero también en nombre de una cultura que le ha perdido el respeto a la vida como condición indispensable para ejercer la libertad.