Política

Sobre el Día de Muertos

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Todos los años, por estas fechas, recuerdo en este espacio no a los muertos, sino al Día de Muertos. Las fiestas indígenas dedicadas a los muertos fueron inscritas en 2008 en la Lista del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por ser, en palabras de la UNESCO, “una de las representaciones más relevantes del patrimonio vivo de México”. La UNESCO hacía referencia sobre todo a las fiestas que celebran todavía los pueblos indios de nuestro país, donde, para facilitar el retorno de las almas a la tierra, las familias esparcen pétalos de flores y colocan velas y ofrendas a lo largo del camino que va de la casa al cementerio. Ellas ocurren en el periodo que marca el final del ciclo anual del maíz, el cual coincide con las celebraciones de Todos los Santos y los Fieles Difuntos. “Esta fusión entre ritos religiosos prehispánicos y fiestas católicas permite el acercamiento de dos universos, el de las creencias indígenas y el de una visión del mundo introducida por los europeos en el siglo XVI”, afirma la UNESCO.

Durante años, el trabajo de la UNESCO estuvo centrado en identificar y censar los bienes culturales y naturales del mundo, por medio de su herramienta más conocida: la Convención de 1972 para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural. Es la que establece los criterios para otorgar la placa que dice Patrimonio de la Humanidad, que han recibido sitios y lugares tan distintos como Venecia, Machu Picchu y las llanuras del Serengueti. Pero una parte de la humanidad, cuya riqueza cultural es enorme pero no descansa en su patrimonio material, o incluso natural, sentía que había sido excluida. Es por eso que el concepto de cultura tuvo que ser ampliado por la UNESCO con una herramienta más: la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, proclamada en 2003. Con ella, la organización terminó de construir el edificio jurídico que protege nuestro patrimonio: el material, el natural y el inmaterial.

El patrimonio cultural de una nación no está compuesto solo por monumentos, sino también por expresiones vivas, intangibles, inmateriales, heredadas de nuestros antepasados y transmitidas a nuestros descendientes. Esta convicción da sustento a la convención de 2003, que tiene por objeto salvaguardar las técnicas, las expresiones y las representaciones, los usos y los conocimientos que los grupos y los individuos reconocen como parte de su patrimonio cultural. Sus manifestaciones son varias: ritos, tradiciones, fiestas, danzas, conocimientos relativos a la naturaleza y el universo y saberes vinculados a la artesanía tradicional.

Las convenciones de 1972 y 2003, a pesar de ser sobre todo mecanismos de conservación, son también instrumentos de desarrollo. Pues una vez que un sitio o una expresión obtienen la placa que dice patrimonio cultural de la humanidad o patrimonio inmaterial de la humanidad, ese sitio y esa expresión adquieren valor económico, sobre todo por su atractivo para el turismo. El problema es que el desarrollo atenta con frecuencia contra la conservación, a causa justamente del turismo. Así sucede en sitios como Venecia y Machu Picchu, aunque aún no en lugares como Pátzcuaro, donde en estos días los pueblos celebran el Día de Muertos.

Investigador de la UNAM (Cialc)
ctello@milenio.com

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Carlos Tello Díaz
  • Carlos Tello Díaz
  • Narrador, ensayista y cronista. Estudió Filosofía y Letras en el Balliol College de la Universidad de Oxford, y Relaciones Internacionales en el Trinity College de la Universidad de Cambridge. Ha sido investigador y profesor en las universidades de Cambridge (1998), Harvard (2000) y La Sorbona. Obtuvo el Egerton Prize 1979 y la Medalla Alonso de León al Mérito Histórico. Premio Mazatlán de Literatura 2016 por Porfirio Díaz, su vida y su tiempo / Escribe todos los miércoles jueves su columna Carta de viaje
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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