Política

Nuestra constitución se encuentra en zona sísmica

  • Democracia para erizos
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  • Arístides Rodrigo Guerrero García

Nuestra constitución se encuentra en una zona sísmica, me atrevo a realizar esta afirmación porque nuestro texto fundamental se encuentra en constante movimiento, tanto que en ocasiones ni los mismos abogados nos enteramos que fue publicada una reforma constitucional.

Hace menos de un mes, el 15 de agosto de 2016 se publicó una reforma al artículo 11 de la Constitución respecto al reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político; la anterior fue del 25 de julio del mismo año para facultar al congreso para legislar respecto a los derechos de las víctimas.

El 29 de enero también de este año, se publica la reforma política de la Ciudad de México, eliminando el concepto de Distrito Federal; y dos días antes de dicha reforma, el 27 de enero la desindexación del salario mínimo.

Es decir, tan solo en lo que va de este año se han publicado cuatro decretos de reforma constitucional, y en cada decreto encontramos reformas a diversos artículos.

La “reformitis” de la constitución inició con Miguel de la Madrid, en cuyo sexenio se reformaron 66 artículos; con Carlos Salinas de Gortari se redujo el número de reformas a 55 artículos; volvió a aumentar el número con 77 reformas en el periodo de Ernesto Zedillo.

Respecto a los presidentes emanados del Partido Acción Nacional, en el sexenio de Vicente Fox fueron reformados 31 artículos; y en el periodo de Felipe Calderón se elevó la cifra a 110 artículos.

En el actual sexenio, del presidente Enrique Peña Nieto, hemos superado la cifra “olímpica”, ya que a la fecha se contabilizan 147 reformas a diversos artículos del texto constitucional, y aún faltan dos años para que concluya su mandato.

Nuestra constitución se clasifica como rígida, debido a que para reformarla se requiere el voto de dos terceras partes de los miembros presentes de las Cámaras de Diputados y Senadores, y el voto de más de la mitad de las legislaturas locales, sin embargo en la práctica es un texto flexible, que ha sido reformado con facilidad, y las cifras antes presentadas nos permiten realizar esta afirmación.

Nos encontramos en zona sísmica constitucional, sin embargo ya estamos acostumbramos, y los pequeños “temblores” constitucionales, en la mayoría de las ocasiones pasan desapercibidos.

En columnas anteriores hice referencia al estudio del Instituto de Investigaciones Jurídicas en el que se propone reordenar y consolidar nuestra Constitución, el cual desde mi punto de vista es el más completo que se ha presentado desde la academia, sin embargo, el propio dinamismo constitucional ha ocasionado que dicha investigación tenga que ser actualizada (lo cual no es culpa de los investigadores), y si se hiciera dicha actualización, sería probable que en menos de un trimestre fuera publicada otra reforma constitucional.

La fecha de corte de dicho estudio fue el 15 de agosto de 2015, y a poco más de un año, tan solo la reforma constitucional del 29 de enero de 2016, modificó más de 50 artículos constitucionales.

Aclaro que no estoy en contra de la actualización y modernización de la constitución, sin embargo, con miras al centenario de nuestro texto fundamental, el orden estructural y estabilidad de la misma, valdría la pena buscar mecanismos que le dieran una efectiva rigidez a la Constitución, y evitar así parches innecesarios.

La primera propuesta sería reordenar y consolidar la Constitución, como lo han propuesto los investigadores jurídicos de la UNAM, y una vez ordenada, darle mayor rigidez con mecanismos como el referéndum constitucional por señalar un ejemplo, figura que ya existe en Constituciones locales y de la cual escribiré en columnas más adelante.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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