El trámite de actas de nacimiento en México tendrá modificaciones relevantes en la forma en que se integra la información, tras una resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación durante abril del presente año.
A partir de este fallo, se busca evitar prácticas discriminatorias y proteger datos personales en documentos oficiales, por lo que en MILENIO te contamos cuáles serán los cambios aplicables y cómo impactarán en la expedición de actas de nacimiento en adelante.
¿Cambiarán las actas de nacimiento?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió el 21 de abril de 2026, que las actas de nacimiento deben cambiar para proteger la identidad.
Este cambio general significa que ya no se podrán incluir ciertas anotaciones obligatorias en los documentos oficiales. El objetivo principal es garantizar que las personas tengan mayor privacidad y seguridad.
A partir de ahora, las oficinas encargadas de estos registros tienen prohibido usar leyes que fueron invalidadas. Esto permite que los ciudadanos obtengan copias de sus documentos con total libertad.
¿Cuál es el dato que será eliminado?
Mediante el Amparo en Revisión 468/2024, la SCJN, , determinó que se deben eliminar las notas marginales que mencionan el matrimonio y el divorcio. Estas anotaciones estaban antes contenidas en los artículos 36 y 100 locales.
Al eliminar esta información de los documentos de identidad, el máximo tribunal busca que el estado civil de las personas permanezca en el ámbito privado. Así, nadie estará obligado a revelar si está casado o divorciado al realizar trámites.
¿Por qué se considera discriminatorio?
La Suprema Corte explicó que obligar a mostrar el estado civil vulnera el derecho a la igualdad. Se busca evitar tratos injustos basados en esta información.
El tribunal señaló que el estado civil es una "categoría sospechosa" protegida por la Constitución. Revelar estos datos personales sin consentimiento puede provocar prejuicios o exclusiones innecesarias hacia las personas.
Esta medida garantiza que todos los ciudadanos reciban el mismo trato ante la ley. Al proteger la privacidad, se asegura que la información personal no sea usada para discriminar a nadie.
"La extinta Primera Sala concluyó que dichas disposiciones vulneraban los derechos a la protección de datos personales, a la igualdad y a la no discriminación, al impedir que una persona obtenga una copia de su acta de nacimiento sin revelar su estado civil, considerado una categoría sospechosa a la luz del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".
¿En dónde aplica y a partir de cuándo?
La decisión solo aplica en el estado de Jalisco. En este caso, se anularon algunas partes de la Ley del Registro Civil local porque el Congreso no realizó los cambios necesarios dentro del tiempo que se le había dado.
Este cambio entra en vigor en el momento en que el Congreso de Jalisco reciba la notificación oficial de la sentencia. A partir de entonces, las oficinas del Registro Civil ya no podrán usar las reglas que fueron declaradas inconstitucionales para realizar sus trámites.
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