Las personas pensionadas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado deben mantenerse atentas al reciente comunicado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que impactará el pago de su aguinaldo en noviembre de 2026.
En MILENIO te explicamos quiénes serán los afectados por este fallo judicial, así como los detalles de la medida que contempla una reducción en las prestaciones económicas, modificando el monto que tradicionalmente recibían las y los pensionados bajo este esquema.
¿Se aprobó un fallo para reducir el aguinaldo?
Ésta resolución fue avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 12 de enero de 2026 en la Ciudad de México. En ella se aprobó una reforma enfocada en mantener la viabilidad financiera del sistema de pensiones.
De manera general, se determinó que los cambios legales son válidos porque no resultan arbitrarios, sino que responden a la necesidad de garantizar recursos suficientes para que el instituto pueda cumplir con sus obligaciones de seguridad social a largo plazo.
¿Pensionados verán reducción de aguinaldo?
De acuerdo con el comunicado oficial, la SCJN aprobó la disminución del aguinaldo sólo para ciertos pensionados. El ajuste implica un cambio en la forma en que se calcula el aguinaldo dentro de este esquema de seguridad social.
La reforma consiste específicamente en reducir los días pagados por aguinaldo, mientras que anteriormente se otorgaban 60 días de salario, actualmente se limitará a sólo 30 días en total.
Este cambio tiene como objetivo equilibrar las finanzas del instituto. La Suprema Corte consideró que la medida es necesaria para evitar problemas económicos que comprometan la continuidad del sistema de pensiones.
"El Alto Tribunal validó la reforma al artículo 74 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, que reduce de 60 a 30 días el pago de aguinaldo a las personas pensionadas"
¿Quiénes recibirán esta medida?
Es Importante aclarar que ésta disposición aplica únicamente en el estado de Zacatecas y está dirigida a trabajadores afiliados al ISSSTEZAC, de acuerdo con la validación a la reforma al artículo 74 .
La medida impactará exclusivamente a los nuevos pensionados de dicha entidad federativa y cabe resaltar que no se trata de una medida nacional, sino de la validación de una ley local que regula las prestaciones de servidores públicos en ese estado.
¿A partir de cuándo aplica?
La reducción entrará en vigor únicamente para las personas que se pensionen en el ISSSTE después de que la reforma comience a aplicarse.
Esto significa que no afecta a quienes ya estaban jubilados antes de la aprobación, por lo que no tiene efectos retroactivos sobre pensiones previamente otorgadas.
¿Esta medida viola sus derechos?
La Suprema Corte concluyó que no se vulnera el derecho a la seguridad social. Consideró que el ajuste es razonable y está justificado para asegurar la estabilidad financiera del sistema.
Al no tratarse de una medida arbitraria y tener como finalidad garantizar recursos suficientes, fue declarada constitucional.
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