La ministra Loretta Ortiz Ahfl presentará un proyecto de sentencia en el que propone dejar vivo un criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2022.
A través de este se evitó la entrega de información aparentemente inofensiva de la Fiscalía General de la República (FGR) a un ciudadano, cuyos datos podrían afectar la seguridad nacional mediante la herramienta metodológica denominada "teoría del mosaico".
¿En qué consiste la "teoría del mosaico"?
La metodología consiste en recopilar piezas de información dispersas y después unirlas con la finalidad de tener una visión de conjunto o "mosaico", datos que pueden ser utilizados para fines mal intencionados, deducir una vulnerabilidad o llevar actos de contrainteligencia para combatir a los agentes encargados de investigación y persecución de delitos.
En 2022, cuando el máximo tribunal de justicia era presidido por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, 10 ministros votaron en contra de entregar información de la FGR.
También se puso como ejemplo que la Suprema Corte de Estados Unidos ha señalado que las autoridades de inteligencia tienen el poder de reservar información superficialmente inofensiva sobre la base de que podría permitir a un observador descubrir la identidad de una fuente de inteligencia.
Entrega facilitaría actos de contrainteligencia
La FGR interpuso una controversia constitucional contra la decisión del extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el cual, el 2 de octubre de 2024, ordenó a la representación social entregar información de todas aquellas resoluciones y acuerdos, entre otras, en las que se haya aplicado la "teoría del mosaico".
La fiscalía sostiene que entregar dicho documento provocaría una afectación a sus competencias constitucionales en materia de seguridad pública, ya que permitiría que la delincuencia la utilice para llevar a cabo actos de contrainteligencia que obstaculicen sus facultades de investigación y persecución de los delitos ante los tribunales federales.
¿Qué apunta el proyecto?
En su propuesta, la cual será discutida por los nuevos ministros de la Corte electos por voto popular, Loretta Ortiz subraya, de acuerdo con el precedente de la antigua SCJN, que es inaceptable, en una sociedad democrática, negar la entrega de información en posesión de las autoridades del Estado, únicamente por ésta permitir a la sociedad discutir, revisar y criticar las acciones del gobierno.
Asimismo, que la vieja Corte estimó que las autoridades del Estado solo pueden reservar temporalmente la entrega de información cuando prueben que afecta el interés público, la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas, de conformidad a lo establecido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
"Si bien la teoría del mosaico ha sido una herramienta metodológica utilizada en otros países para evaluar la clasificación de información por su posible afectación a la seguridad nacional, lo cierto es que no existe ningún impedimento para que esa misma herramienta sea utilizada por este Alto Tribunal para evaluar si la entrega de cierta información aparentemente inofensiva debe mantenerse reservada por afectar las competencias constitucionales que en materia de seguridad pública le corresponden a la FGR".
En este caso en particular, la togada advierte que la relación causal general entre la entrega de la información aparentemente inofensiva y la afectación a las competencias constitucionales de la fiscalía en materia de seguridad pública se reduce, de manera directa, a la identificación plena del personal de la Unidad de Constitucionalidad con conocimiento de datos sensibles y la exposición a riesgos contra su vida, libertad e integridad personal.
Y, de manera indirecta, a la posibilidad de acceder a toda la información versátil que se maneja en la Unidad de Constitucionalidad que a su vez tiene injerencia en diversas áreas y tipos de asuntos, tanto internos como externos de la FGR.
Todo lo anterior, agrega, supone que esas personas, con independencia del cargo que ostenten, han tenido a su alcance información relevante que tendría un impacto interno y externo en la función de la fiscalía.
"En consecuencia, lo procedente es declarar inválida la resolución del recurso de revisión 10043/24, dictada por el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el 2 de octubre de 2024, en la parte donde ordena la entrega de la versión íntegra (no pública) del acuse de la demanda y revelación de los nombres que aparecen en el mismo".
ksh