Política

Magistrado propone que TEPJF deje intacta investigación de OIC contra consejerías: no es materia electoral

Felipe Fuentes le da la razón al OIC: TEPJF no tiene competencia para frenar investigación contra consejerías, porque se basa en leyes de responsabilidad administrativa y anticorrupción, no en materia electoral.

El magistrado Felipe Fuentes propuso que el Tribunal Electoral deseche el juicio de la consejera Claudia Zavala en contra del procedimiento de responsabilidades administrativas que el Órgano Interno de Control del INE abrió en contra de seis consejerías que votaron en 2021 por pausar la revocación de mandato por falta de presupuesto, pues concluye que no es un asunto electoral que le competa a la Sala Superior.

MILENIO tiene una copia del proyecto que el magistrado Fuentes Barrera circuló entre sus pares de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre el juicio interpuesto por la consejera Zavala, en el que concluye que se debe desechar y no intervenir, pues no es un asunto electoral sino de responsabilidades administrativas en el actuar de servidores públicos.

“Se desecha de plano la demanda, pues esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es incompetente para conocer del medio de impugnación, dado que los actos reclamados y autoridades que lo emitieron no son de naturaleza electoral”, indica el proyecto.

La propuesta se basa en darle la razón al informe circunstanciado que entregó el OIC del INE que encabeza Víctor Hugo Carvente, en el que señaló que la Sala Superior no tiene competencia para analizar los agravios que alega la consejera, pues no se trata de un asunto electoral sino en las leyes y normas de responsabilidades administrativas y anticorrupción.

El proyecto recuerda que fue el 22 de diciembre de 2021 cuando el entonces presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputaciones y representante de Morena ante el INE, presentó una denuncia en contra de seis consejerías que votaron por frenar la organización de la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Y reconoce que fue hasta el 19 de agosto de 2025, que el titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos del OIC del INE calificó la falta denunciada como grave, el 17 de septiembre presentó ante el director de Responsabilidades Administrativas del INE el informe de presunta responsabilidad.

En el informe, el OIC concluyó la “presunta comisión de faltas administrativas graves atribuibles a Lorenzo Córdova Vianello, Ciro Murayama Rendón, Dania Paola Ravel Cuevas, Jaime Rivera Velázquez, José Roberto Ruiz Saldaña y Beatriz Claudia Zavala Pérez”, a quienes se le acusa de “actos arbitrarios para causar perjuicio a alguna persona” que en este caso, es el expresidente López Obrador.

El OIC señaló que las seis consejerías (tres todavía en funciones) habían infringido lo establecido en el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (realizar actos o inducir actos y omisiones arbitrarios, pata generar un beneficio para sí o para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público), pues “decidieron sin atribuciones legales”, posponer temporalmente la realización del proceso de revocación de mandato 2021-2022, lo que califican como un “acto arbitrario que causó un perjuicio al servicio público que generó que se viera interrumpido el adecuado desarrollo de la función de organización electoral que por mandato Constitucional”.

En el informe que el Órgano Interno de Control envió al Tribunal Electoral alegó que es improcedente la queja de la consejera Claudia Zavala, pues éste no es un asunto electoral sino administrativo.

“Se insiste, el OIC del INE es una autoridad formal y materialmente administrativa, que tiene entre otras facultades, investigar, sustanciar, resolver o sancionar faltas, en términos de la ley en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, para garantizar el correcto funcionamiento e integridad en el ejercicio de la función pública”, indica el documento en poder de MILENIO.

Por lo que el magistrado Felipe Fuentes propone desechar la impugnación de la consejera Zavala porque la investigación se basa en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y no en un asunto electoral, y porque el OIC está ejerciendo sus facultades para verificar el cumplimiento de dichas responsabilidades administrativas.

“La naturaleza de los actos y de las autoridades responsables, emanan de un procedimiento de naturaleza administrativa sustanciado por el OIC del INE y, por ende, no se ubican en la materia electoral”, concluye.

Este proyecto se someterá a votación de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la sesión pública de este miércoles, que necesitará del voto de otras tres magistraturas para lograr al menos, una mayoría de cuatro.

De aprobarse, las tres consejerías en funciones y las tres que ya no forman parte del INE tendrán que continuar con el proceso que como advirtió la consejera Dania Ravel, ya llegó al Tribunal de Justicia Administrativa en donde podrán ser sancionados con una multa económica, con inhabilitación para ejercer en el servicio público o incluso destituidos de su cargo, de acuerdo con las consecuencias previstas en la ley.


EHR

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Jannet López Ponce
  • Jannet López Ponce
  • Reportera de Grupo MILENIO desde 2013. Especializada en periodismo político, electoral e inteligencia financiera. Premio Pantalla de Cristal al mejor reportaje con “Revolución feminista en la montaña” y nominación con “Ucrania, la huida”
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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