Policía

Jufed exige a CJF pago a juzgadores que declinaron participar en elección judicial

Indica que la reforma establece dicho pago, el cual debió hacerse en diciembre de 2024.

La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed), exigió al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) que se pague a los juzgadores que declinaron participar en la elección judicial, algunos de los cuales decidieron separarse de manera anticipada del cargo.

¿Qué expresaron los juzgadores?

En respuesta a un oficio realizado al órgano encargado de la vigilancia y disciplina de los juzgadores federales, Juana Fuentes Velázquez, directora nacional de la Jufed, dijo que en términos de los cronogramas establecidos por la propia reforma, la indemnización correspondiente debió haberse cubierto a las personas juzgadoras. 

Esto siempre y cuando se  hayan separaron del ejercicio de la función, a más tardar en diciembre de 2024.

“…las directivas nacional y regionales de Jufed solicitan a este Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que de manera inmediata se realice el pago contemplado en el artículo Décimo Transitorio de la Reforma Constitucional al Poder Judicial a quienes ya se encuentren en los supuestos legales de procedencia", mencionó la directora.
"Y, en caso de que exista algún impedimento para ello, se de la razón que funde y motive dicha imposibilidad para realizar el pago correspondiente, a efecto de que esta asociación pueda determinar lo procedente para la defensa de los derechos de las personas juzgadoras asociadas”, indicó.

La jueza mencionó que la conclusión anticipada, que se dio por renuncia o por jubilación, fue resultado de la “inconvencional reforma” que desconoció los derechos de las personas juzgadoras y que las privó de la garantía de inamovilidad en el ejercicio de la función.

CJF debe cumplir con el pago extraordinario 

“Por virtud del transitorio de la reforma, la remoción de las personas juzgadoras en funciones de carrera judicial generó el derecho a un pago extraordinario por esa separación, el cual, si bien no cumple con los parámetros internacionales establecidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, es evidente que representa la posibilidad de que las personas titulares removidas sean parcialmente resarcidos con una percepción que les permita mantener un nivel de vida digno al término de la función”, añadió.

Fuentes Velázquez subrayó que el CJF debe dar cabal cumplimiento al pago extraordinario, para aquellas personas juzgadoras que ya se encuentren en el supuesto. 

Esto es, la declinación a participar en cualquier proceso electoral, que ya se hubieran separado del cargo por ese motivo, o que lo hagan a partir de agosto de 2025 o 2027.

MD


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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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