Hidalgo es uno de los pocos estados que está buscando crear una ley específica que tenga por objeto proteger a las mujeres de acoso sexual; pese a que hay normas aplicables relevantes en el Código Penal Federal (CPF) que regulan diversos aspectos como el capítulo V que indica como delito: la falsedad de declaraciones, informes y datos simulados ante la autoridad.
El artículo 247 del CPF sanciona la falsedad de testimonio del testigo o perito al igual el artículo 248 que sanciona a quienes aportan la existencia de pruebas simuladas; estas leyes que protegen a la persona acusada justa o injustamente, pero no son normas que protegen a las mujeres víctimas de violencia sexual o acoso; mucho menos permite cumplir con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Aunado a que no establece prevenir o erradicar la violencia ni el acoso en contra las mujeres en todos los ámbitos llámese familiar, laboral o político. En el contexto de violencia y acoso sexual, las leyes no están enmarcadas en la protección de las acosadas, por lo que no hay garantía de que ninguna denuncia llegue a la sentencia que condene a los culpables, derivado de los vacíos en la ley de la justicia mexicana afectando el cumplimiento de los derechos y la protección de las mujeres.
El gobierno de Hidalgo pretende enviar al congreso estatal una iniciativa que permita generar nuevos instrumentos legales para redefinir la violencia contra la mujer y aumentar el castigo para este delito; que establezca la prevención, atención e incluso, erradicar las diversas modalidades de la violencia.
Sin embargo, no le vemos que puede tener buenos resultados, mientras la ausencia de la cultura cívica en las escuelas y los ámbitos sociales, en donde no comprendan el cómo aplicar la frase de Benito Juárez: “El respeto al derecho ajeno, es la paz” y hacer que la participación ciudadana sea realmente activa en la toma de decisiones públicas que les permita alcanzar la justicia y derecho para todos por igual.