Los principios desde los cuales se aborda la reflexión sobre las realidades sociales son el de la dignidad de la persona, el del bien común, el del destino universal de los bienes, el de la subsidiaridad, el de la participación y el de la solidaridad. El tema de la propiedad se relaciona especialmente con el bien común y con el destino universal de los bienes.
Visto en sus aspectos fundamentales, puede decirse que es mediante el trabajo como el ser humano puede actuar sobre la tierra y hacer de ella una morada adecuada según su propia dignidad. En conexión con esto, resulta que la propiedad privada permite autonomía a las personas y, así, amplían sus ámbitos de libertad, lo cual, a su vez, conduce a la necesidad de que deba ser accesible a todos.
El derecho a la propiedad ha de entenderse, además, en el contexto del derecho común al uso de los bienes de la creación, que deben llegar a todos de manera equitativa y justa. El derecho de propiedad se subordina, entonces, al principio del destino universal de los bienes, lo cual conduce a la necesidad de la reglamentación del mismo.
Si relacionamos la propiedad con el bien común, se descubre que, en razón de este principio,, existe una función social en cualquier forma de posesión privada, es decir, que lo alguien posee ha de aprovechar no sólo al individuo poseedor, sino, de alguna forma, también a los demás.
En nuestros días, el principio del destino universal de los bienes se tiene que extender a los nuevos bienes producto del progreso económico y tecnológico. En este sentido, puede descubrirse que se necesita romper barreras y monopolios que obstaculicen el bien común al que estos nuevos bienes conducen en sus diferentes niveles.
La manera de poner en práctica estos principios puede variar. Por ello dice la Iglesia que "La actuación concreta del principio del destino universal de los bienes, según los diferentes contextos culturales y sociales, implica una precisa definición de los modos, de los límites, de los objetos. Destino y uso universal no significan que todo esté a disposición de cada uno o de todos, ni tampoco que la misma cosa sirva o pertenezca a cada uno o a todos. Si bien es verdad que todos los hombres nacen con el derecho al uso de los bienes, no lo es menos que, para asegurar un ejercicio justo y ordenado, son necesarias intervenciones normativas, fruto de acuerdos nacionales e internacionales, y un ordenamiento jurídico que determine y especifique tal ejercicio".