La semana pasada se aprobó en Cámara de Diputados una reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que busca ampliar el catálogo de delitos para los que se contempla la aplicación de prisión preventiva oficiosa.
La prisión preventiva es una medida cautelar que consiste en mantener recluídos a las personas imputadas de cometer un delito durante el desarrollo del procedimiento penal. Esta figura se encuentra señalada en el derecho internacional y según los estándares internacionales se considera a la prisión preventiva “como último recurso, teniendo debidamente en cuenta la investigación del supuesto delito y la protección de la sociedad y de la víctima”.
En México, la prisión preventiva se encuentra regulada en el artículo 19 de la Constitución donde establece que se aplicará de forma oficiosa en los siguientes delitos: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
En el texto aprobado por los Diputados se contempla la adición de los siguientes delitos: Uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, abuso o violencia sexual en agravio de menores, feminicidio, robo a casa habitación, robo a transporte de carga, desaparición forzada, desaparición cometida por particulares y portación de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército.
El principal beneficio de la prisión preventiva estriba en que, siendo utilizada de forma adecuada, evita que un presunto delincuente huya o interfiera en el juicio, se elimina la famosa “puerta giratoria”. En el estado de Hidalgo, el gobernador, Omar Fayad, se ha manifestado a favor y ha impulsado la ampliación del catálogo de delitos que contemplan prisión preventiva oficiosa debido a que es una herramienta necesaria para combatir la “puerta giratoria” que permite a los delincuentes salir libres casi de inmediato. Resulta prioritario combatir la sensación de impunidad que predomina entre la sociedad y castigar a aquellos que cometen crímenes que no están contemplados como de alto impacto y que por tanto no tienen derecho a prisión preventiva de oficio como el feminicidio, el robo de hidrocarburos y la portación de armas de uso exclusivo.
Sin embargo, es importante mencionar que actualmente el aplicar prisión preventiva de manera oficiosa implica que el acusado debe permanecer encarcelado mientras se resuelve el juicio independientemente de si existen o no pruebas fehacientes de su responsabilidad. Esta situación puede implicar una condena sin sentencia para personas inocentes o de las que no ha sido probada su culpabilidad, lo que puede traducirse en una violación del principio de presunción de inocencia y sus derechos humanos.
¿Qué es lo que sigue? Debido a que la reforma es constitucional, el proyecto debe ser turnado a cada uno de los Congresos Locales para que sea aprobado por la mayoría de éstos. Habrá que esperar a ver cómo se dan las discusiones dentro de los estados, aunque podemos anticipar que la reforma pasará, pues la crisis que atraviesa el país en materia de violencia y seguridad es, sin lugar a dudas, una de las principales preocupaciones de todos los mexicanos.
La población exige que se castigue a los culpables y que no haya más impunidad, no hay ninguna duda de eso. Esta nueva reforma permitirá que delitos como el robo de hidrocarburos, el abuso sexual a menores, los feminicidios y los delitos de enriquecimiento ilícito por parte de funcionarios corruptos sean castigados con prisión preventiva de manera automática mientras se lleva a cabo el juicio. Se esperaría que con esta modificación los incentivos a cometer estos actos delictivos se vean reducidos. Sin embargo, debemos estar atentos para actuar ante los posibles abusos en materia de derechos humanos que se presenten.
Estas modificaciones no resolverán por sí solas los problemas de inseguridad del país de fondo. Tenemos que seguir trabajando en fortalecer el sistema de justicia para que el trabajo de jueces y del ministerio público sea más eficaz y garantizar la protección de los derechos de las víctimas sin vulnerar el principio de presunción de inocencia como lo indican los estándares internacionales.
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