Negocios

Riesgos con la reforma al amparo

El juicio de amparo es una de las mayores contribuciones de México al constitucionalismo. Nacido en el siglo XIX, el amparo ha sido un instrumento esencial para contener los abusos de poder y proteger derechos fundamentales como la libertad, la propiedad y la seguridad jurídica. Su fortaleza ha permitido equilibrar la relación entre el Estado y los ciudadanos; ha sido un instrumento clave en la construcción de derechos.

Modificar este mecanismo sin un análisis técnico y plural representa un retroceso histórico. La confianza en las instituciones y el acceso a la justicia no pueden ser sacrificados en nombre de una supuesta eficiencia fiscal o política.

El análisis realizado por la Academia Mexicana de Derecho Fiscal revela que la reforma endurece injustificadamente los requisitos para conceder la suspensión del acto reclamado en materia fiscal. Se exige al juez un análisis previo sobre la existencia o inminencia del acto reclamado antes de ponderar la apariencia del buen derecho, lo cual contradice la lógica del artículo 107 constitucional. Se introduce, además, la obligación de acreditar el “interés suspensional”, y se otorgan al juzgador criterios vagos —como “daño significativo a la colectividad” o “beneficios que ordinariamente le corresponden a la sociedad”— que pueden justificar la negativa sistemática de suspensiones.

El resultado práctico será un incremento en las ejecuciones fiscales inmediatas, embargos y bloqueos de cuentas, sin que los contribuyentes puedan suspender los efectos de actos posiblemente inconstitucionales. Es decir, se consolida el principio de “pagar primero y litigar después”, contrario al espíritu de justicia constitucional.

En el artículo 135 de la Ley de Amparo se agrava esta tendencia: se restringen los medios para garantizar el interés fiscal exclusivamente a billetes de depósito o cartas de crédito emitidas por instituciones registradas ante la CNBV. Esta medida excluye a miles de micro, pequeñas y medianas empresas que carecen de acceso a esos instrumentos financieros.

Estas reformas afectan a la economía nacional. Limitar la suspensión del acto reclamado y endurecer la ejecución de créditos fiscales sin control judicial inmediato incrementará la inseguridad jurídica de las empresas, dificultará la planeación financiera y pondrá en riesgo miles de empleos.

Además, la restricción de medios de garantía y la aplicación retroactiva prevista en el artículo transitorio del decreto son una amenaza directa a la certidumbre legal. Aplicar la reforma a juicios ya en trámite viola el principio de irretroactividad y genera desconfianza en el sistema judicial. En el contexto internacional, una reforma de este tipo enviará señales negativas a los inversionistas y afectará la posición de México en el contexto del T-MEC, donde la confianza institucional es requisito para el comercio y la inversión.

Esta reforma requiere un análisis técnico, incluyente y responsable. No basta con justificarla en términos de eficiencia administrativa o combate a la impunidad fiscal. Se trata de preservar los equilibrios fundamentales del Estado constitucional de derecho.

México enfrenta una disyuntiva histórica: fortalecer el estado de derecho o debilitarlo. El juicio de amparo no es un tema técnico aislado, es un cimiento de la libertad y de la competitividad del país.

Debilitar el amparo equivale a desarmar al ciudadano frente al poder; limitar la defensa fiscal es desproteger la economía productiva, y subordinar la justicia administrativa es renunciar a la independencia judicial.

El Congreso de la Unión ha sido foro y caja de resonancia de reivindicaciones por las libertades, los derechos y la democracia, que a lo largo de las décadas, con esa diversidad de opiniones y visiones, fueron construyendo una maquinaria institucional que garantiza el derecho ciudadano a realizar su proyecto de vida. Es momento de recuperar su esencia y cumplir el mandato constitucional de hacer progresivos los derechos, sin aprobar reformas que representan una regresión.


Google news logo
Síguenos en
Domingo Ruiz López
  • Domingo Ruiz López
  • Presidente de la Comisión Nacional Fiscal de Coparmex
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.