En México, uno de los delitos que ha evolucionado con el paso de los años respecto a su tipificación, gracias a la perspectiva de género, es el acoso sexual. Si bien antes no estaba tipificado o se consideraban únicamente sanciones administrativas, actualmente en algunas entidades quien lo cometa puede ser sancionado con hasta cinco años de prisión.
Actualmente, 25 entidades reconocen al acoso y hostigamiento sexual como un delito y se encuentra tipificado en los códigos penales. Las penas van desde los tres días hasta cinco años de prisión, y en ningún caso amerita prisión preventiva oficiosa.
Estados donde está tipificado
Anteriormente, algunas entidades se contemplaban en la Ley de Cultura Cívica como acoso callejero, con penas administrativas o de servicio comunitario, o hasta máximo 24 horas de prisión.
Pese a los avances, aun siete entidades no han tipificado el delito de acoso u hostigamiento sexual. En el caso de Aguascalientes, Baja California, Colima y Tlaxcala, el acoso está contemplado sólo como una agravante para otros delitos del Código Penal local.

Mientras que en Tabasco, Hidalgo y a nivel Federal el acoso no se encuentra tipificado ni dentro del Código Penal ni en el Código Civil, por lo cual no hay manera de sancionar este delito.
En la última década, el acoso sexual aumentó de mil 109 denuncias en 2015 a 11 mil 648 en 2024, un incremento cercano a 950 por ciento que no se replica en ningún otro delito sexual y que evidencia un cambio sostenido en la forma en que estas agresiones se viven, se nombran y se denuncian en el espacio público y privado.
Los demás delitos vinculados con la violencia sexual también mostraron incrementos en la última década, pero no al mismo grado del acoso. El hostigamiento sexual creció alrededor de 314 por ciento, el abuso sexual aumentó 189 por ciento, la violencia familiar 121 por ciento y la violación lo hizo en 70 por ciento, mientras que el feminicidio prácticamente se duplicó en el mismo periodo.
La problemática que viven miles de mujeres en el país volvió al centro del debate este martes por la tarde, cuando la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, fue objeto de acoso mientras recorría las calles del Centro Histórico para llegar a un acto realizado en la Secretaría de Educación Pública.
Este delito tuvo un primer punto de quiebre entre 2018 y 2019, según los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, al pasar de 2 mil 712 a 4 mil 221 denuncias anuales, un aumento de 56 por ciento.
Universidades cuentan con protocolos para casos de acoso
En ese momento, varias universidades públicas y privadas incorporaron protocolos internos de atención a víctimas, defensorías universitarias y lineamientos para atender casos sin necesidad de denuncia inmediata ante ministerios públicos.
A nivel estatal, existen viariaciones en lo que es considerado acoso sexual. En el caso de Baja California Sur, por ejemplo, comete el delito de acoso sexual quien se exprese verbal o físicamente de manera degradante en relación con la sexualidad de otra persona, sin que exista subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral o escolar.
Mientras que en Chiapas, comete acoso sexual quien, con fines de lujuria, asedie a persona de cualquier sexo, aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente para la víctima.
En el código penal de Chihuahua que dice que se considera delito cuando, sin llegar a la violación o al abuso sexual, realice a otra persona, sin su consentimiento, algún acto lascivo o de connotación sexual.

Al respecto, en entrevista para MILENIO, la abogada Leslie Jiménez explicó que lamentablemente en muchos casos este delito es de realización oculta, por lo cual no necesariamente hay pruebas de la comisión del mismo, lo cual vuelve complicado el proceso para las víctimas.
“Hasta cierto punto es complicado ya que además de que es muy raro contar con grabaciones de situaciones de acoso en la vía pública, también algunos funcionarios públicos suelen minimizar el hecho como una falta cívica al no haber actos de índole sexual más graves, esto aunado a que en algunos casos las víctimas reaccionan como lo hizo la presidenta Claudia Sheinbaum”, precisó.
La licenciada remarcó la importancia de reconocer este delito de manera independiente para garantizar el acceso a la justicia sin minimizar la violencia ejercida en comparación con casos de abuso sexual o violación.
Edomex y CdMx, con mayor incidencia
La mayor parte del crecimiento se concentra en zonas urbanas con transporte público intensivo y mercados laborales amplios que permiten un mayor acceso a las denuncias por acoso sexual en demarcaciones como el Estado de México, Ciudad de México, Querétaro, Nuevo León y Veracruz.
En el Estado de México, el incremento del acoso sexual está asociado a la combinación de alta densidad urbana, uso intensivo de transporte y la expansión de líneas de denuncia estatal. Las carpetas pasaron de 166 en 2015 a 3 mil 372 en 2024, lo que refleja un aumento de mil 931 por ciento.
Los delitos de acoso en la Ciudad de México, registraron un crecimiento vinculado a una mayor movilización pública y universitaria desde 2019, con protestas frente a instituciones educativas, dependencias públicas y medios digitales. La capital pasó de 33 denuncias en 2015 a mil 528 en 2024, lo que representa una subida de 4,530 por ciento.

De acuerdo con el Inegi, la tasa de delitos sexuales contra mujeres fue de 4 mil 160 por cada 100 mil habitantes en 2024, de los cuales 3 mil 881 correspondieron a otros delitos sexuales y 279 a violación sexual. El instituto estima que existen ocho delitos sexuales cometidos contra mujeres por cada delito sexual cometido contra hombres, lo que subraya la dimensión de género de esta violencia.
RM