Política

¿Pueden quebrar las empresas productivas del estado?

  • Columna de Xavier Ginebra Serrabou
  • ¿Pueden quebrar las empresas productivas del estado?
  • Xavier Ginebra Serrabou

Las empresas productivas del Estado son compañías dirigidas del Estado para realizar una actividad económica, con el fin lograr alcanzar valor económico para el Estado. Están regidas en lo general por las leyes civiles y mercantiles, a menos que sus leyes reguladoras establezcan condiciones distintas. La quiebra de empresas productivas del Estado como tales, al no estar sujetos en tal aspecto a su normativa específica, permite que sean objeto de un concurso mercantil, al ser su marco general una ley mercantil.

El objeto de las empresas productivas del Estado (en adelante las empresas) es obtener ganancias o utilidades ofreciendo productos y/o servicios al mercado, sujetándose a las leyes de la competencia. Las empresas públicas son agentes económicos en términos de la Ley Federal de Competencia Económica. De hecho, Pemex ha sido sancionada por la Comisión Federal de Competencia Económica en varias ocasiones.

A PEMEX y a CFE no se les puede denominar Empresas de participación estatal mayoritaria, pues no se le rige la Ley Federal de Entidades Paraestatales. Las adiciones al artículo 5 de la Ley de Concursos Mercantiles que señalan que las empresas de participación estatal constituidas como sociedades mercantiles podrán ser declaradas en concurso mercantil, al igual que las empresas de participación estatal mayoritaria no impiden que una empresa sea objeto de quiebra.

Las empresas estatales tienen ciertas funciones de servicio público que en cierta manera, las aleja excepcionalmente de las normas del mercado. De ahí que se rijan excepcionalmente por la normativa de la administración estatal paraestatal. La reforma energética de 2013 creó un marco específico para Pemex y CFE, el de empresas productivas del Estado, cuyo espíritu fue que las utilidades de tales empresas fueran fruto de las normas de la libre concurrencia. Esta es la razón de que se intente que se rija como un organismo descentralizado.

Es más, en los Tratados Internacionales se establece una prohibición para que los Estados otorguen ayudas económicas, exenciones o ventajas utilizando criterios distintos a los que utilizan las empresas que luchan en el mercado. Esto tiene un objeto doble: proteger la naturaleza de mercado de tales empresas, e impedir que tales ayudas distorsionen las fuerzas de la competencia a favor de la empresa del Estado. El dinero que violando estas normas ha otorgado el Estado mexicano a ambas empresas, debería ser devuelto por las empresas al Estado cobrándoles los intereses propios de un inversor privado.Uno de los ámbitos de la libertad de empresa, que aplica por igual a empresas privadas o públicas, lo constituye la libertad de salida del mercado, derivada dela mala gestión de la empresa o del interés de sus accionistas. Esto aplica por igual a empresas del Estado o a particulares. Por tanto, las empresas del Estado pueden ser sujeto de concurso mercantil.

Lo anterior tiene su lógica pues las compañías productivas del Estado manejan dinero del contribuyente: el mercado es un alineador de tales empresas hacia la rentabilidad mejor que cualquier normatividad estatal. Si la empresa se gestiona mal, simplemente vende sus activos al mejor postor y desaparece, o es absorbida por otra empresa que ha resultado exitosa.

Hay suficientes antecedentes de quiebras de empresas públicas en el extranjero, con sistemas jurídicos similares al mexicano. En México, tenemos los antecedentes de Ruta 100, Mexicana de Aviación –que quebró siendo una empresa pública- y Luz y Fuerza del Centro, que desapareció del mercado por fines económicos permitidos en las leyes mercantiles: el acuerdo de disolución de sus accionistas. PDVSA era de las mejores petroleras del mundo antes de Chávez porque tenía una gran rentabilidad y sus empleados recibían unos sueldos claramente competitivos en términos de mercado.

Si estamos en momentos económicos de grandes pérdidas de Pemex 570 mil mdp en un semestre) y CFE (donde el Estado le inyectó hace relativamente poco tiempo 60 mil millones de pesos), dinero que sería más necesario para apoyar la recuperación económica del país ¿No sería más sensato sujetarlas al procedimiento concursal para ahorrar ese dinero? Con esto, en lugar de deudas, los ciudadanos tendríamos energía de mayor calidad, a mejor precio y menos contaminante.

Además, se ahorraría parte del billón de dólares de los caprichos de López Obrador en el sector petrolero, que llegan a 4% del PIB, incluyendo sus dos refinerías. Además, ¿cuánto abuso de posición dominante, han podido ejercer Pemex y CFE precisamente por no estar sujetas a una competencia efectiva? Que lo digan los dueños de las energías renovables y los usuarios de los servicios eléctrico y petrolero.

Y otra ventaja de la competencia, de acuerdo a Leonardo Polo, es que obliga a la constante renovación de los cuadros directivos de las empresas para adaptarse a la evolución de la economía. Si CFE y Pemex operaran en competencia, sus directivos llevarían tiempo jubilados o dedicados a otras actividades sustituidos por personal que resultara más competente. Sólo en México, en lugar de la competencia, tales empresas funcionan como “señoríos feudales”, donde los contribuyentes tenemos que pagar sus tropelías. Sería más fácil y barato que pudieran ser objeto de concurso mercantil, cuando no pudieran hacer el pago de sus deudas.

El concurso mercantil es un riguroso procedimiento judicial, donde cada acreedor recibe la parte proporcional a sus créditos y se intenta, cuando es posible, la conservación de la empresa. Del proceso conoce un juez de distrito en materia federal, que al tratarse de otro Poder Constitucional y un órgano preparado, es menos influenciable que la persona que duerme en Palacio Nacional.


* Máster y Doctor en Derecho Económico. Profesor Investigador de la Facultad de Negocios de la Universidad De La Salle Bajío y miembro nivel I del SNI.


xgs9@hotmail.com

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