Para el caso de los Centros de Conciliación y Tribunales Federales, deberá ser a más tardar el 2 de mayo de 2023, es decir, un año posterior al inicio de labores a nivel local, por lo que como podemos observar, estamos a 3 y 4 años de distancia para la implementación de los nuevos tribunales que tendrán como propósito fundamental, impartir justicia en materia laboral, con la expectativa de que esto sea haga en condiciones más favorables de las que ahora tienen las Juntas de Conciliación y Arbitraje que conocemos.
La pregunta obligada es, si los gobiernos federal y locales, responderán oportunamente a los tiempos fijados en esta importante reforma o bien, nos alcanzarán las fechas fijadas con metas incumplidas o en proceso de serlo, ya que tal cumplimiento depende en gran medida de los recursos económicos y humanos que se destinen no hasta ese momento, sino desde el momento mismo de la publicación de la reforma laboral en días pasados, ya ni que pensar incluso desde la misma reforma constitucional de 2017, por lo que iremos viendo en el camino, cómo se van implementando los cambios necesarios por parte de cada entidad federativa y a nivel federal.
Otro cambio relevante que nos trae la reforma laboral es lo relativo a la libertad sindical, la contratación colectiva y representación de las organizaciones sindicales, toda vez que se recoge y se incorpora en la Ley Laboral, el compromiso de crear una adecuada protección de los derechos a la libertad de asociación y de negociación colectiva adquiridos por México en el Convenio 98, así como a los compromisos adquiridos por nuestro país en el Capítulo 23 del T-MEC (Tratado México-Estados Unidos- Canadá), y lo anterior se traduce entre otros aspectos, en el deber de garantizar que a nadie se le obligue a formar o no parte de una agrupación sindical, por lo que aquélla estipulación que señale lo contrario se tendrá por no puesta y, las sanciones que impongan las diversas agrupaciones sindicales a sus miembros deben ceñirse a la Ley Laboral y a los estatutos, por lo que se debe respetar la garantía de audiencia del involucrado.
En resumen, hay mucho que hacer para todos los operadores del sistema de justicia laboral ahora reformado, las expectativas son muchas y me parece que todas tienen como común denominador, el deseo y la confianza de contar con tribunales más dignos, con servidores públicos más comprometidos, capacitados y también apoyados con los recursos materiales e instalaciones adecuadas, que permitan otorgar a trabajadores, patrones y agrupaciones sindicales una justicia laboral a la altura de los compromisos internacionales contraídos por México y se logre el respeto a la dignidad humana de cualquier trabajador de nuestro país.
ELIZABETH V. CAMACHO