La Ley de Propiedad Industrial, protege los intereses de los creadores de inventos, símbolos, nombres, imágenes, dibujos, marcas, denominaciones de origen e incluso secretos industriales para empresas o negocios que tengan un novedoso sistema de ventas, recetas secretas, metodologías, bases de datos y hasta listas de clientes o proveedores. No resulta difícil ni gravoso registrar ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) estas creaciones del intelecto de personas que buscan mejorar algún proceso, servicio o producto, pues si algo tenemos los mexicanos es creatividad. Tan solo en las redes sociales mediante los teléfonos celulares o tabletas electrónicas o computadoras un sin fin de lo que ahora parece ser un medio de comunicación los llamados "memes", entre otras más, demuestran que los mexicanos tenemos creatividad en todo y para todo lo que sucede en cualquier ámbito social, deportivo, político, cultural.
La ventaja de registrar esas invenciones, mediante patentes, marcas, emblemas, incluso frases o nombres resulta una inversión, ya que las demandas por daños y perjuicios suelen ser benéficas para quien tiene registro, porque abundan personas y organizaciones dedicadas a copiar, falsificar e imitar productos y servicios que han costado dinero, trabajo y horas de desvelo de sus creadores.
Extranjeros de diversos países africanos y asiáticos, y en particular chinos, buscan un nicho de riqueza copiando con mala calidad objetos, marcas, y todo aquello que la Secretaría de Economía en México busca proteger, a costa de un decremento en las ganancias de quienes tienen éxito en algún producto o servicio, incluyendo a grupos indígenas que elaboran productos únicos en el mundo. Sin embargo poco o nada pueden hacer quienes no tienen registro ante el (IMPI) en cualquier obra o producto de su intelecto; de su creatividad. El peligro del consumo de bienes de dudosa procedencia suele ser muy alto, y más costoso. La Ley de Propiedad Industrial establece con claridad los procedimientos administrativos para las solicitudes de registro, además de establecer las visitas de inspección a comerciantes que ofrezcan al público, bienes, productos o servicios protegidos así como las infracciones y sanciones administrativas. Pero lo más grave son los delitos que esta Ley Federal prevé y cuyas penas pueden llegar a 10 años de prisión a quien falsifique, venda, compre, distribuya, almacene o transporte falsificaciones de marcas protegidas por esta Ley.
Basta recordar los famosos clones de productos como bolsas para dama de marcas registradas, artículos para caballeros como cinturones, bolígrafos o carteras, ropa, tenis y calzado, pero algunos que ponen en riesgo a la población como medicamentos, productos cosméticos y una lista ilimitada de productos que no son originales, y que las personas adquieren con facilidad, y pueden poner en riesgo su salud, o su libertad.
RAFAEL CASCO