Una de las interrogantes más recurrentes de la sociedad es en relación con la manera de hacer efectivo el cumplimiento de sus derechos humanos y ante quién; al respecto, se deben seguir los siguientes cuatro pasos: conocer cuáles son nuestros derechos humanos y en qué instrumentos se encuentran establecidos; exigir, de manera pacífica y respetuosa su cumplimiento; defender nuestros derechos humanos y hacerlos valer.
Con antelación los derechos humanos se conocían como las garantías individuales y sociales. En el orden jurídico mexicano están plasmados en la parte dogmática de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y además, se encuentran contenidos en los tratados internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que firma el presidente de la república y ratifica el Senado.
En concordancia con el Principio de Legalidad, todas las autoridades y los servidores públicos deben ceñir su actuación a lo que la ley les permite o faculte hacer; por lo tanto, el Estado es el primero que tiene la obligación de observar y garantizar el cumplimiento de esos derechos.
Una vez que los conocemos, sabemos en dónde se encuentran reconocidos, y quiénes son los principales obligados a observarlos y garantizarlos; el ciudadano puede acudir a las instancias correspondientes en caso de que alguna autoridad o servidor público incurra en algún acto u omisión que los transgreda, , a fin de que se inicie el procedimiento respectivo.
Los organismos públicos protectores de los derechos humanos están facultados para orientar, asesorar jurídicamente o canalizar al usuario con la autoridad competente para que dentro de sus funciones y atribuciones legales conozca el asunto y resuelva lo conducente, recibir quejas o iniciar de oficio investigaciones por actos u omisiones de naturaleza administrativa que presuntamente constituyan violaciones a tales derechos, atribuidos a autoridades o servidores públicos; se agotan los medios alternativos para la solución de conflictos (mediación o conciliación), una vez substanciado el procedimiento correspondiente se emite la determinación que conforme a derecho corresponda.