Política

Los juicios sumarios

La vinculación a proceso del ex secretario de Economía del gobierno de Enrique Peña Nieto por el delito de enriquecimiento ilícito, Ildefonso Guajardo, ha generado una serie de reacciones de solidaridad de parte de sus amigos y correligionarios priistas; el primero en referirse a dicha imputación, calificándola como una persecución política contra la oposición, fue el líder nacional del PRI, Alejandro Moreno.

En el mismo sentido, otras voces, pero de columnistas, defienden a capa y espada a Ildefonso y a la vez condenan a Andrés Manuel, por considerar que no hay delito que perseguir y que la susodicha imputación es solo una cortina de humo para no dejar ver los actos de corrupción de dos de sus hermanos, por recolectar dinero para la campaña electoral de 2015.

Decretar la inocencia o la condena de alguien desde los medios no es función del periodismo, no sé a dónde iremos a parar con una justicia pronta y expedita impartida por no pocos columnistas y, a la vez, una muy lenta justicia impartida por los tribunales, es decir; y como bien reza el dicho popular: “Justicia retrasada es justicia denegada”.

Si Pío y Martín Jesús López Obrador recolectaron dinero en 2015 para fines electorales, como parte de la financiación privada, que es lo mismo que el gobernador electo de Nuevo León, Samuel García, reveló haber hecho porque la financiación pública era insuficiente, y si en tales hechos existe la presunción de que se cometió una falta electoral por no haber informado al INE, pues que sean los órganos jurídicos correspondientes los que investiguen y jurídicamente resuelvan lo que corresponda en derecho. El trabajo del periodismo termina con descubrir y dar a conocer todo aquello que los poderes fácticos o el poder del estado quiere ocultar, no exonerar o dictar sentencias condenatorias.

La función del periodismo, nada fácil, por cierto, es ser guardián del interés público, para lo cual deontológicamente se tiene como deber fundamental investigar con los métodos apropiados los hechos noticiosos sobre los que se informa o son materia de análisis o comentarios.

Ildefonso Guajardo goza de las garantías que le otorga el Artículo 20 constitucional a todos los imputados, entre la que destaca la presunción de inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante un fallo judicial, salvo excepciones de ley.

Pero este principio, que busca que el imputado enfrente su juicio en libertad, solo enuncia un deber ser, no una verdad. La verdad es que hay una presunción de culpabilidad sostenida con datos duros que incriminan a Ildefonso, de lo contrario, la fiscalía no podía haberlo imputado.

Esto es en el aspecto jurídico de la cuestión, quisiera solo referirme a un punto que tiene que ver con la Realpolitik. ¿Por qué contra Ildefonso Guajardo? ¿No habrá casos peores en los que, sin mucho escarbar, aparezcan los desvíos de recursos?

Yo creo que sí, pero no hay otro que haya tenido la osadía de ir a Washington llevando de la mano al ex candidato del PRI, Adrián de la Garza, con el ultraderechozo titular de la OEA, Luis Almagro, hecho que fue percibido por AMLO como un franco intervencionismo en el proceso eleccionario interno que hace poco vivimos.

¿Y los amigos que se han solidarizado con Ildefonso y como tales proclaman su inocencia? Ellos sí tienen todo el derecho de hacer eso. Sus juicios sumarios, no vinculantes, son justos. A un amigo no se le deja solo, se le desea lo mejor y en las buenas y en las malas se está con él.

Efrén Vázquez Esquivel


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Efrén Vázquez Esquivel
  • Efrén Vázquez Esquivel
  • efren23@hotmail.com
  • El autor es director científico de la Academia Mexicana de Metodología Jurídica y Enseñanza del Derecho, AC.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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