“Hay dos cosas en un edificio, su uso y su
belleza.
El uso pertenece al propietario;
Su belleza pertenece a todo el mundo.
Por eso, aquél no tiene derecho a su
destrucción.”
Víctor Hugo
Aun las sociedades nómadas preservan con arraigo sus costumbres, sus tradiciones, sus formas de hacer y de vivir. Es un saber hacer que trasciende generaciones y llega a nuestro tiempo tan normal, tan vigente, tan cotidiano… que hasta parece de manera inconsciente.
La escena es normal: un chico ataviado de **dark disfrutando un rico tamal del Barrio de la Capilla, o en cualquier fraccionamiento fuera del periférico, usted encontrará y se beberá un delicioso tejuino.
¿Qué es esto que poseemos? Patrimonio, que nos llega como bien, patrimonio al que tenemos derecho. Nadie paga por derechos a producir tamales o tejuino.
El patrimonio como bien es comprensible, las cosas que poseemos, usamos y hacemos tendemos a valorarlas porque nos sirven, son buenas, útiles y se sustentan por sí mismas y por ello trascienden generaciones. Pero que el patrimonio sea un derecho no es tan evidente, parece que sólo les pertenece a los ricos hacendados.
El derecho al patrimonio o el patrimonio como derecho
Tener propiedad y posesión de un inmueble le concede derechos de usufructo a quien le pertenece. No hay discusión: en este país el derecho a la propiedad privada está garantizado. Pero existen otros bienes, tangibles o intangibles, que hemos heredado y que no son sólo producto de la riqueza familiar sino de la riqueza social de otras generaciones o de las condiciones propias del lugar. Ese patrimonio nos pertenece a todos por derecho y lo disfrutamos, como al tejuino. A nadie debemos pagar por el derecho a disfrutarlo y nadie paga por su originalidad.
Los bienes inmuebles patrimoniales gozan de la misma ambigüedad: son propiedad privada y han sido producto de la riqueza cultural de otros tiempos, sin embargo, no todo sirve o no todo es bueno y útil. Por tanto debemos catalogarlo. Hacerlo es un primer escaño que debemos franquear, pues tal efecto requerimos a un experto. Nuestra cultura es tan pobre que nuestra sociedad, mayoritariamente, está impedida para saber y conocer la importancia del patrimonio. Usos privados, baja cultura arquitectónica, poco conocimiento de nuestra historia, en fin… si fueran tejuino, sería más fácil valorarlos.
Por ello es constante la pérdida de valiosos inmuebles que son demolidos en menosprecio de nuestra herencia -o identidad si usted prefiere-. Suceden constantemente autorizaciones ilegales o intervenciones sin licencia que, por su tamaño, no pueden ser clandestinas, a menos que la complicidad de autoridades esté presente. Cuando eso ocurre, el daño está hecho y es irreversible.
Caros y mantenidos
La disputa social se presenta entre la euforia ciudadana por la conservación y las justificaciones de los propietarios por la improductividad del bien. El argumento económico siempre se sustenta bajo la premisa de que son inmuebles caros de mantener o difíciles a restaurar, que su estructura no corresponde a un uso productivo que se ajuste a las necesidades o demandas funcionales, que resta competitividad a la ciudad, que no se generarán empleos.
Decidir conservarlos implica la responsabilidad común, pues implica que en dichos bienes está comprometido el goce del interés colectivo -que tiene ese valor cultural derivado de sus atributos históricos y artísticos- y de la fuerza simbólica del imaginario social y la memoria histórica.
Aquí surge otra gran controversia: ¿Qué es lo que debemos discutir? ¿Qué es lo que contiene el valor: La finca, el adobe (reciclable por cierto), la cantera o el valor cultural, histórico o tecnológico que la edificación representa para el interés colectivo? En ese mismo sentido ¿Hacia dónde se enfoca la labor de la autoridad? Necesitamos más que un inventario y más que mantenimiento.
La (in)eficacia de los mecanismos
Algunos de los actos necesarios para la conservación eficaz es contar con legislación sistematizada entre todos los ámbitos de gobierno, que pormenoricen los mecanismos y la forma de protección y, a partir de ello, la identificación completa y oportuna de los bienes objeto de ese régimen especial.
En este sentido, la legislación que procura la conservación existe (y está en proceso de revisión) pero, en ciertos casos, es inconstitucional o insuficiente, y su aplicación está a favor de algunos ciudadanos para la protección del patrimonio, pero en términos de índole económica y particular, no del patrimonio colectivo.
Respecto de la legislación: si los mecanismos financieros (Transferencia de Derechos de Desarrollo) no tienen la claridad para aportar a la conservación del bien y su entorno; si las competencias entre autoridades estatales y municipales no son claras; si existe desarticulación entre los mecanismos de protección (declaratoria, planes parciales, catálogo e inventario); si se tiene un sistema sancionador inconstitucional ¿Cómo proteger?
Respecto de las autoridades: si la dependencia especializada en patrimonio no ejerce las funciones que le corresponden; si las dependencias competentes no asumen de forma individual sus obligaciones y casi siempre se inclinan por el beneficio individual y no al colectivo; si los encargados de la vigilancia del cumplimiento de la legislación incumplen su labor; si los encargados de la defensa del patrimonio pregonan la equidad e infunden miedo a las autoridades ante las probables demandas administrativas por su actuación; ¿Cómo proteger?
Sí se puede y… ¿su tejuino con nieve?
Pocos edificios siguen trascendiendo nuestras actuales generaciones y logran ser tan atractivos como nuestro ancestral tejuino. Nadie puede negar que el Ex-Hospicio Cabañas sea sumamente relevante para nuestra sociedad y pocos se percatan que nada aportan para su conservación y mejoramiento del deteriorado entorno urbano.
La sostenibilidad patrimonial del Cabañas busca diversificar sus actividades: museo, cine, música, danza, artes plásticas, etc. Mantiene el interés particular y colectivo para su protección.
¿Cómo logramos replicar estos equilibrios entre el interés y el subsidio colectivo y la revitalización y solvencia misma de los bienes inmuebles? La estrategia no está clara, pero con un poco de observación veremos que hasta el tejuinero se ha diversificado.
Normas, estímulos e instrumentos tienen que cambiar. Nuestra percepción del patrimonio tiene que ser más evidente (vulgar en el buen sentido de la palabra), reforzadora de nuestra identidad para conseguir un patrimonio perdurable.
Las normas tienen que ser más claras en su definición de patrimonio, qué es lo que debemos conservar, (la imagen urbana, su valor arquitectónico, su función, su aportación tecnológica, su importancia histórica, su utilidad social). Los estímulos tienen que ser dirigidos de modo estratégico (en algunos casos al espacio público, en otros a la función del edificio y en otros a su restauración misma). Los instrumentos tienen que ser sólidos y funcionales. Existen diversos tipos y en múltiples modalidades.
Nos parece pertinente comprender al patrimonio en un proceso dialéctico, con elementos razonables y decisiones ponderadas entre interés particular e interés general, a través de la justificación, en cada caso, de la necesidad de transformación o demolición del patrimonio por razones económicas mayores que la necesidad de memoria colectiva, o viceversa, con incentivos y participación para que suceda.
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En Con-Texto
Un Ayuntamiento potente, competente y eficiente, podría incrementar el patrimonio municipal adquiriendo edificaciones con valor, porque la protección del patrimonio cultural es necesaria para el mantenimiento y fortalecimiento de la identidad de los pueblos, dado que la comprensión del pasado implica la del tiempo presente y establece las posibilidades del futuro desarrollo material y psico-social de los individuos y grupos humanos. Se trata del reconocimiento de un valor, entendido como la incorporación de un potencial económico, o valor que se realiza en función a un fin trascendente (valor inmaterial, cultural o artístico). Así, el concepto de patrimonio histórico-arquitectónico no es un ideal “romántico”, es condición de identidad de los pueblos, como parte integrante de su historia y su cultura, atendiendo a razones de desarrollo social-económico y urbanístico-ambiental o urbanístico ecológico, y que tiene un sustento más humano (Tomado de la sentencia 3656 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica). Lamentablemente, los gobiernos municipales de hoy, han mostrado incapacidad para reestructurarse y poder cumplir con su responsabilidad de obtener los recursos económicos suficientes y lograr una ciudad que nos haga aspirar a metas de grandeza.
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