Política

Todos los derechos para todas las familias

La Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer hace unos días la opinión consultiva OC-24/17, en la que se pronunció sobre la consulta planteada por Costa Rica, en torno al alcance de la protección que la Convención Americana sobre Derechos Humanos brinda, por un lado, a las solicitudes de cambio de nombre para coincidir con la identidad de género de las personas y, por otro, a los derechos patrimoniales derivados de vínculos entre personas del mismo sexo.

Dicha opinión es de la mayor relevancia para la protección de los derechos humanos en la región, en tanto establece el alcance de los compromisos contraídos por los Estados Parte del tratado. Partiendo de que la orientación sexual, así como la identidad y expresión de género son categorías protegidas por la convención y que, en consecuencia, existe una prohibición de discriminar con base en dichos criterios, la Corte Interamericana estableció que el trato diferenciado entre las parejas heterosexuales y las del mismo sexo en cuanto a la forma en que pueden formar una familia es contrario a la convención y que, por ello, los Estados deben garantizar el acceso de dichas parejas a todas las figuras existentes en las legislaciones internas —incluyendo el matrimonio— para asegurar la protección de todas las familias, independientemente de su conformación.

Con motivo de este relevante desarrollo, es oportuno recordar que la Suprema Corte mexicana fue el primer tribunal constitucional del continente en establecer el carácter discriminatorio de las leyes que impiden el matrimonio entre personas del mismo sexo. Desde 2012, la Suprema Corte determinó que no existe justificación racional alguna para excluir a las parejas homosexuales de la institución de matrimonio y que dicha exclusión solo podía explicarse como legado de los serveros prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra. Por tanto, negar a las personas homosexuales el acceso al matrimonio y a los beneficios que de él derivan implica tratarlas como ciudadanos de segunda clase y perpetuar la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento, por lo que darles únicamente la posibilidad de acceder a otro tipo de instituciones constituye un régimen de “separados pero iguales”.

La Corte ha sostenido reiteradamente que la Constitucón protege a la familia como realidad social, es decir, todas las formas y manifestaciones de familia que hay en la sociedad y que no existe un único modelo de familia ideal sino que, por el contrario, este concepto se sustenta en los lazos afectivos, sexuales, de identidad, solidaridad y compromiso mutuo de quienes desean tener una vida en común.

En este sentido, hemos establecido que si bien históricamente el matrimonio ha sido considerado como la unión entre un hombre y una mujer, teniendo la procreación, en determinado momento, un papel importante para su definición, la dinámica de las relaciones sociales ha llevado a una desvinculación entre la relación jurídica matrimonial y la procreación, de manera que la decisión de un individuo de unirse a otro y proyectar una vida en común con una vocación de estabilidad y permanencia, es una expresión de la autodeterminación de cada persona y del derecho al libre desarrollo de la personalidad.

De igual manera, en cuanto a la adopción por parejas del mismo sexo, la Corte ha establecido con toda claridad que los derechos de los niños sujetos a adopción se encuentran en una posición prevalente frente a los intereses de los adoptantes, pero que sostener a priori que la adopción por parejas homosexuales afecta el interés superior de los niños y que por eso debe prohibirse es, en sí mismo, discriminatorio y se apoya en prejuicios que deben superarse, sobre todo tomando en cuenta que no solo no existen análisis científicos serios que demuestren una afectación a los niños adoptados por parejas homosexuales sino que, por el contrario, los que existen apuntan a la conclusión opuesta.

Respetar y proteger los derechos de todas las familias y la dignidad de las personas que las conforman es nuestra obligación constitucional y nuestra mejor apuesta. La construcción de un mejor país pasa necesariamente porque todos los integrantes de la sociedad se desarrollen en armonía y ejerzan sus derechos plenamente, a fin de que puedan contribuir y aportar su talento a la colectividad. Avanzar hacia la paz, la concordia y la justicia a las que aspiramos exige no excluir ni estigmatizar a las personas por el solo hecho de ser quienes son, sino reconocer que todas tienen la misma dignidad y merecen el mismo respeto.

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Arturo Zaldívar
  • Arturo Zaldívar
  • Coordinador General de Política y Gobierno de la Presidencia de México. Ministro en retiro y expresidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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