La regulación de candidaturas independientes se encuentra en constante perfeccionamiento, mientras algunos estados como Chihuahua, Sinaloa, Puebla y Veracruz han endurecido los requisitos para la postulación, en otros puede observarse que no sólo se busca la postulación, sino el acceso de los candidatos independientes a los cargos de representación.
Para fortalecer el acceso de los candidatos independientes a los cargos de representación, resulta importante considerar que no sólo puedan participar por el principio de mayoría, sino también por el de representación proporcional.
Explico lo anterior, en la mayoría de Municipios del país, el partido político ganador, obtiene además de la Presidencia, un determinado número de regidurías, sin embargo, los partidos políticos perdedores también tienen acceso a regidurías a través de un sistema denominado representación proporcional.
El sistema de representación proporcional en el ámbito municipal, evita que un solo partido político se quede con todos los regidores que se encuentran en disputa, logrando con ello pluralidad en la composición del ayuntamiento.
En algunos casos podemos encontrarnos con planillas de candidatos independientes que a pesar de no haber obtenido el triunfo, lograron el segundo o tercer lugar en votación, para ellos sería posible la asignación de regidores.
Esta situación pudo observarse el año pasado en el Municipio de San Pedro Garza García en el estado de Nuevo León, en donde el primer lugar de la votación lo obtuvo el PAN y el segundo lugar la planilla independiente de Loriena Canavati, sin embargo, los regidores por el principio de representación proporcional fueron asignados al PRI y al Partido Humanista, bajo el criterio de que las planillas de candidatos independientes no tenían derecho a participar por la vía de representación proporcional.
Es decir, a la planilla de candidatos independientes se le había negado el acceso a regidurías por representación proporcional y con ello se estaba echando a la basura el 17.2% de la votación obtenida.
El asunto llegó a tribunales electorales, en donde los magistrados se pronunciaron por garantizar el derecho humano a ser votado a través de la incorporación de los candidatos independientes al sistema de representación proporcional para el caso de regidurías.
De no haberse permitido el acceso de candidatos independientes a regidurías por el sistema de representación proporcional, se estaría otorgando mayor valor al voto de los ciudadanos que votaron por candidatos postulados por partidos políticos.
Asimismo, se estableció que la no participación de candidatos independientes por el sistema de representación proporcional, implica la sobrerrepresentación de los partidos políticos.
La regulación de las candidaturas independientes tendrá que perfeccionarse, y para ello será necesario darles las mismas oportunidades que a los candidatos de los partidos políticos.