La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) revocó la autorización otorgada a Acción y Evolución para operar como Sociedad Financiera Popular (Sofipo), debido a incumplimientos en materia de capitalización.
A través de una resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el órgano regulador detalló que la entidad incurrió en causales previstas en el artículo 37, fracción V, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
El apartado sanciona faltas graves a las disposiciones prudenciales o niveles mínimos de capital que pongan en riesgo la estabilidad operativa y el patrimonio de los ahorradores.
Ante este escenario, la CNBV ordenó la disolución y liquidación de la entidad a través del Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y Protección al Ahorro (Prosofipo). Dicho mecanismo garantiza los depósitos de los ahorradores hasta por un monto equivalente a 25 mil Unidades de Inversión (UDIS) por cliente, cifra que representa más de 219 mil pesos.
Previo a la revocación de la licencia, Acción y Evolución había sido objeto de medidas correctivas de carácter obligatorio por parte de la autoridad financiera respecto a su capital neto; sin embargo, al no solventar las observaciones, se procedió con la pérdida del registro y el inicio del proceso de liquidación.
Anteriormente, MILENIO alertó sobre las diversas problemáticas que enfrentan algunas Sofipos dentro del sistema financiero nacional donde al menos otras seis instituciones enfrentan problemáticas de capitalización y cartera vencida.
Revocan licencia a Unión de Crédito Mexicano
En un acuerdo independiente, publicado también en el DOF, la CNBV revocó la licencia para operar a Unión de Crédito Mexicano de Servicios Profesionales por no mantener los requisitos mínimos de funcionamiento contemplados en la Ley de Uniones de Crédito.
La sanción se fundamentó en el artículo 97, fracción IX del citado ordenamiento, causal referida a la pérdida de capitalización mínima, la reducción del número de socios permitidos o el incumplimiento reiterado de las obligaciones reguladas.
Con la notificación del fallo, la sociedad quedó imposibilitada legalmente para captar o realizar operaciones financieras, dando inicio formal a su disolución. La CNBV contará con un plazo de 60 días hábiles para designar al liquidador correspondiente.
“A partir de la fecha de notificación de la presente resolución, Unión de Crédito Mexicano de Servicios Profesionales se encuentra imposibilitada para realizar operaciones y se pondrá en estado de disolución y liquidación”, puntualizó la autoridad reguladora.
MRA