Las autoridades federales impulsaron el registro al Padrón de Telefonía Móvil para todos los usuarios de líneas celulares en el país, incluyendo a los de nacionalidad extranjera, esto con el objetivo de evitar la comisión de delitos como fraude o extorsión. ¿Hay quienes están exentos de este proceso? En MILENIO te contamos.
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) dio a conocer las normas de operación del Padrón de Telefonía Móvil, al tiempo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto mediante el cual se hace obligatorio este proceso, por lo que llama la atención si hay usuarios que quedan exentos del mismo.
¿Cuándo se hace el registro de telefonía móvil?
El acuerdo que se difundió a través del DOF hace énfasis en que a partir del 9 de enero del 2026 todos los usuarios deberemos realizar este registro; sin embargo, la CRT destaca que desde la publicación del decreto y hasta el 8 de enero, todas las compañías de telefonía móvil están obligadas a informar a los usuarios sobre este proceso, todo con el fin de que al momento de iniciar con la vinculación a documentos oficiales, se pueda hacer de manera ordenada.
“Tu operador de telefonía debe informarte de manera clara, accesible y oportuna, sobre los requisitos y modalidades para que puedas realizar la vinculación de tu línea telefónica”, destaca la CRT.
Entonces, ¿hay quienes están exentos de hacer el registro? La respuesta es sí y en el decreto se especifica que no deberán realizarlo aquellos que tengan números telefónicos que estén asociados a una SIM (o chip) que no tenga la capacidad para:
- Recibir llamadas telefónicas
- Generar llamadas telefónicas
- Envío de mensajes de texto (SMS)
- Recibir o hacer llamadas por internet
Si cuentas con una SIM que no pueda hacer alguna de las acciones antes descritas, entonces quedas exento de hacer la vinculación a un documento oficial, pero, si estas acciones se pueden llevar a cabo, entonces el registro deberá hacerse de manera obligatoria.
¿Qué necesito para hacer la vinculación?
Todos los usuarios de telefonía móvil cuya SIM pueda hacer o recibir llamadas —incluyendo por internet—, así como mensajes de texto, deberán acudir a su Centro de Atención a Cliente más cercano y realizar la vinculación del número.
Para ello, será necesario presentar alguno de los documentos que a continuación se describen:
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Identificación oficial con fotografía
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC), en el caso de empresas
- Pasaporte vigente (para ciudadanos extranjeros)
Cada una de las compañías realizará la vinculación de hasta 10 números a un mismo documento, todo esto a partir del 9 de enero, pues de lo contrario, las líneas serán canceladas y no se reactivarán hasta que el proceso haya concluido.
¿Qué pasa si no registro mi número?
En caso de que el o la usuaria de telefonía móvil no vincule el número a los documentos oficiales antes mencionados, la linea será dada de baja a partir del mes de junio del 2026. Esto se debe a que desde del 9 de enero, se cuentan con 120 días para llevar a cabo el tramite y, si no se hace, solo se podrá llamar a estos números:
- 074
- 079
- 088
- 089
- 911
- Centro de Atención a Clientes del proveedor de la línea
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