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  • El delito existe, la justicia no llega: estados avanzan en castigar transfeminicidio con penas de hasta 100 años, pero sin sentencias

Aunque la figura penal ya existe, la falta de sentencias muestra que la justicia aún no pasa del papel.  Foto: Tania Contreras

La diputada “Meme” Navarro, de la bancada de Morena, señala que la tipificación del transfeminicidio permite visibilizar los crímenes de odio y violencia contra la población LGBTTTIQ+.

Aunque tarde y con lentitud, ya existen castigos específicos para los crímenes cometidos contra personas de la comunidad de la diversidad sexual en 11 de las 32 entidades del país. 

En algunos casos, estas penas superan las previstas para el homicidio calificado y el feminicidio, e incluso contemplan sanciones consideradas “inusitadas”, que van de 25 hasta 100 años de prisión, según pudo comprobar MILENIO.

Sin embargo, la reciente incorporación de esta figura penal a los códigos penales estatales no ha permitido todavía pasar del papel a la sentencia. 

Hasta ahora no se tiene antecedente de una sanción ejemplar para quien, por motivos de odio, haya privado de la vida a una mujer u hombre por su preferencia sexual o identidad de género, crímenes que en la mayoría de los casos se cometen con extrema violencia.

Una tipificación reciente en los códigos penales

La inclusión del delito de transfeminicidio en las legislaciones estatales data apenas de 2024. Se reconoce a Nayarit como la primera entidad en incorporar esta figura en marzo de ese año, aunque en casos como Nuevo León ya se reconocían desde 2019 los delitos cometidos por motivos de odio relacionados con la preferencia sexual.

No obstante que legalmente todo homicidio debe ser castigado por el simple hecho de privar de la vida a otra persona, y que las legislaciones estatales contemplan agravantes cuando existe violencia desmedida, se atenta contra sectores vulnerables o se actúa por odio, la comunidad LGBT sigue luchando para que estos crímenes tengan nombre propio y una tipificación específica que permita reconocer su gravedad y combatir la impunidad.

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Ya existen castigos específicos para crímenes cometidos contra personas de la comunidad de la diversidad sexual. Foto: Tania Contreras

Estados que ya reconocen el transfeminicidio

De acuerdo con una revisión realizada por MILENIO, no sólo Baja California, Baja California Sur, Estado de México, Campeche, Ciudad de México y Nayarit reconocen penalmente el delito de transfeminicidio; también Colima, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca y Sinaloa sancionan de alguna forma los homicidios cometidos contra personas de la diversidad sexual.

La lucha histórica de la población trans

A lo largo de la historia, las personas transgénero han sostenido una lucha constante por el reconocimiento de sus derechos y la atención de las problemáticas que enfrentan. 

En el Congreso mexiquense, la diputada Luisa Esmeralda “Meme” Navarro, de la bancada de Morena, señala que la tipificación del transfeminicidio permite visibilizar los crímenes de odio y violencia contra la población LGBTTTIQ+, fortaleciendo la justicia y los mecanismos de protección.

Este avance, tanto en el Estado de México como en otras entidades, representa apenas la punta del iceberg de desigualdades estructurales, institucionales, simbólicas e históricas. Persisten rezagos en temas culturales, sociales, laborales y de atención médica, entre otros.

Demandas pendientes y protocolos incompletos

Ricardo Coyotzin, integrante de la organización Fuera del Clóset, considera que hablar del transfeminicidio fue sólo el inicio. Señala que persiste una deuda histórica con este sector, que incluye pendientes legales como el reconocimiento de las personas no binarias, la atención a riesgos de salud, y el reconocimiento de las infancias y adolescencias trans.

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Inclusión del delito de transfeminicidio en las legislaciones estatales data apenas de 2024. Archivo

Tras la tipificación del delito en el Estado de México, uno de los retos inmediatos es contar con un protocolo estandarizado en la Fiscalía, similar al que existe en la capital del país, que garantice una ruta crítica segura, personal sensibilizado y libre de estereotipos y prejuicios.

Esto implica considerar tanto a víctimas directas como indirectas, permitir la reclamación de cuerpos y avanzar en la ruptura de la impunidad. La tipificación del transfeminicidio, subrayan activistas, responde a una necesidad jurídica y social, no a un privilegio.


Cifras que evidencian la violencia

El Centro de Apoyo de Identidades Trans reportó que, de 2007 a 2021, se registraron 590 asesinatos de personas trans en México, un promedio de 53 casos al año. Del 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023 se contabilizaron 321 homicidios de personas LGBTTTIQ+, de los cuales 94 por ciento correspondieron a mujeres trans.

De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, tan sólo en el año 2000 se documentaron al menos 16 asesinatos de personas trans en el Estado de México, una cifra que pone de manifiesto la severidad de la violencia que enfrenta este sector de la población.

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Colectivos y activistas de comunidad LGBTTIQ+ realizaron encendido de velas en memoria de mujeres trans que han sido asesinadas. Foto: Zuleyma García

Diferencias en las penalidades entre entidades

Como ocurre con otros delitos, existen variaciones importantes en las sanciones entre las 11 entidades que han tipificado esta conducta. Mientras algunas penas parten de 20, 22 o 25 años de prisión, otras alcanzan máximos de 80, 93.3 e incluso 100 años, dependiendo de las agravantes contempladas en cada legislación.

A continuación, las particularidades por entidad:

  • Baja California: En julio de 2025, el Congreso local aprobó penas de 40 a 60 años de prisión por transfeminicidio, que pueden aumentar hasta 80 años cuando existen agravantes.
  • Baja California Sur: El delito fue incorporado en junio de 2025, con sanciones de 40 a 60 años de prisión, además de agravantes específicas.
  • Campeche: Se castiga con penas de 45 a 70 años de prisión, más multas económicas, y puede alcanzar hasta 93.3 años con agravantes.
  • Ciudad de México: Las penas van de 35 a 70 años y pueden aumentar hasta 93.3 años, superando al homicidio calificado y equiparándose a los rangos más altos del feminicidio.
  • Colima: Se sanciona el homicidio por razones de orientación sexual o identidad de género con penas de 35 a 50 años, por debajo del feminicidio.
  • Estado de México: La reforma de noviembre incorporó el artículo 281 Bis, con penas de 40 a 70 años, que pueden llegar hasta 93.3 años de prisión.
  • Michoacán: El homicidio por razones de preferencia sexual se considera calificado, con penas de 25 a 60 años de prisión.
  • Nayarit: Fue la primera entidad en tipificar el delito en 2024, con sanciones de 40 a 60 años y agravantes que alcanzan hasta 75 años.
  • Nuevo León: Reconoce el homicidio por motivos de odio desde 2019, con penas de 25 a 50 años, aunque sin antecedentes claros de aplicación específica.
  • Oaxaca: Contempla penas de 50 a 60 años, que pueden incrementarse hasta 100 años cuando el agresor es servidor público o integrante de fuerzas de seguridad.
  • Sinaloa: Los crímenes de odio se sancionan con penas de 22 a 50 años, inferiores al feminicidio pero superiores al homicidio simple.
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La tipificación del transfeminicidio, responde a una necesidad jurídica y social, no a un privilegio. Archivo

Estados sin tipificación específica

En el resto de las entidades del país no se encontró tipificada de manera específica la figura del transfeminicidio ni referencias claras como agravante en homicidio o feminicidio. Sin embargo, diversos colectivos continúan impulsando reformas legales para que se reconozca esta figura penal, no como un privilegio, sino como el reconocimiento de una realidad marcada por la violencia y el odio hacia la diversidad sexual.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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