En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó la resolución a través de la cual se emite la declaratoria de protección de Denominación de Origen Mezcal (DOM) para 15 municipios de sur del Estado de México, luego de ocho años que el gobierno estatal hizo la solicitud.
Con ello, se reconoce la riqueza cultural, histórica y agrícola que durante siglos ha desarrollado la población de Almoloya de Alquisiras, Amatepec, Coatepec Harinas, Ixtapan de la Sal, Luvianos, Malinalco, Ocuilan, Sultepec, Tejupilco, Tenancingo, Tlatlaya, Tonatico, Villa Guerrero, Zacualpan y Zumpahuacán.
“El Estado de México reúne todos los elementos necesarios para ser considerado territorio oficial de la Denominación de Origen Mezcal. Sus suelos fértiles y diversos, altitudes y microclimas favorables, técnicas artesanales de preservadas, infraestructura productiva y con historia cultural, poblaciones silvestres de agave nativo y riqueza cultural ancestral garantizan la autenticidad, calidad y sostenibilidad de la bebida destilada producida en la región”, indica, el documento.
Los peritajes del sector agrícola e históricos arrojaron que los municipios analizados son parte de territorios ancestrales que han mantenido una continuidad desde la época prehispánica hasta la actualidad y su producción es única, que obedece a procesos históricos y socioculturales con el aprovechamiento de agaves nativos.
Además; muestran un patrón consolidado de producción, con destiladores georreferenciados y plantaciones estratégicamente ubicadas, lo que asegura trazabilidad y control de calidad, elementos esenciales para mantener los estándares internacionales de la denominación.
La diversidad de suelos que existen en la región, combinada con los microclimas que varían entre los 300 y 3 mil 900 metros sobre el nivel de mar, permite la producción de agaves con perfiles aromáticos, concentración de azúcares y características organolépticas únicas que son comparables con las regiones históricamente reconocidas por la Denominación de Origen.
“En el Estado de México, con la información contenida en el estudio técnico justificativo y los dos informes periciales, se constata que en los 15 municipios solicitados para la modificación de la DO mezcal existen y han existido condiciones geográficas y agroecológicas -factores naturales- propicios para la presencia de magueyes silvestres y de cultivo. Es decir, el Estado de México cuenta con las características geográficas, a saber, clima, relieve, suelo, vegetación, entre otros, para que en su territorio se hayan desarrollado magueyes de forma natural -silvestres- desde tiempos remotos, y fueron aprovechados por poblaciones humanas, primero como alimento, luego como bebida fermentada, y desde tiempos de la Colonia hasta la actualidad como bebida destilada”, señala,
La publicación en el Diario Oficial de la Federación indica que Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, tramitará la modificación del Registro Internacional de dicha Resolución, para su reconocimiento y protección en el extranjero, de conformidad con los Tratados Internacionales aplicables en la materia.
Es importante, mencionar que se entiende por denominación de origen, “el nombre de una región geográfica del país que sirva para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o característica se deban exclusivamente al medio geográfico, comprendido en éste los factores naturales y los humanos".
Actualmente, la Denominación comprende los estados de Oaxaca, Guerrero, San Luis Potosí, Zacatecas y Durango, además de 2 municipios de Guanajuato, 11 municipios de Tamaulipas, 29 municipios de Michoacán y 116 municipios de Puebla.
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