Comunidad

¿Es pago DOBLE o TRIPLE? Esto deben pagarte si trabajas el Día de Reyes en 2026

El Día de Reyes es uno de los días más esperados por todos; si te toca trabajar, ¿cómo te lo deben pagar?

Las festividades del 2026 han arrancado y muchos nos preparamos para las vacaciones y más próximamente, la rosca de Día de Reyes, tradición que se ha vuelto muy popular y la cual pone fin a las fiestas decembrinas. ¿Te toca trabajar y no sabes cuánto te corresponde? En MILENIO te contamos.

Para entender cómo se debe pagar el trabajo el 6 de enero de 2026 y conocer tus derechos laborales este año, es fundamental distinguir entre las festividades culturales y los días de descanso obligatorio marcados por la ley Federal del Trabajo (LFT). 

¿El 6 de enero implica un pago triple? ​

Es importante aclarar una duda muy común entre las y los trabajadores de México. El 6 de enero no es un día de descanso obligatorio según el Artículo 74 de la LFT. Aunque es una fecha de gran relevancia cultural en México, legalmente se considera un día laborable ordinario.

Ahora bien, ¿cómo debe ser el pago? Si trabajas el martes 6 de enero de 2026, tu pago será normal, es decir, recibirás tu salario diario base tal como lo recibes cualquier otro día de la semana. Esto significa que además no hay obligación legal para que el patrón pague un monto adicional que, de acuerdo con la LFT es al doble más tu jornada ordinaria, lo que lo vuelve un pago triple.

El ahorro será manejado por ti durante el reto 2026 | Freepik
El Día de Reyes no implica un pago triple| Freepik

Pero no todo está perdido y es que, aunque no es un día de descanso oficial, algunas empresas, por contrato colectivo o política interna, otorgan el día libre o permiten salir temprano (especialmente a padres de familia). Si este es tu caso, se respetará lo que diga tu contrato, pero por ley, la empresa no está obligada a hacerlo.

¿Cuáles son los días de descanso oficiales del 2026? 

Ahora que sabemos que el Día de Reyes no se considera un día de descanso oficial y por ende el pago no debe ser al triple, la Secretaría del Trabajo y  Previsión Social (STPS) se encargó de difundir a través de las redes sociales cuáles son todos los días de descanso obligatorio que sí implican un pago extra en caso de tener que laborar. Toma nota: 

  • Jueves 1 de enero: Año Nuevo
  • Lunes 2 de febrero: Aniversario de la Constitución 
  • Lunes 16 de marzo: Natalicio de Benito Juárez 
  • Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo
  • Miércoles 16 de septiembre: Aniversario de la Independencia de México
  • Lunes 16 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana 
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad

​Únicamente se acudiste a tu área de trabajo el 1 de enero debes recibir un salario doble más tu jornada ordinaria. 

Otro dato que debes tomar en cuenta es que, si el día de descanso obligatorio llegara a coincidir con un domingo y te toca laborar, además del pago triple, tienes derecho a la Prima Dominical, que consiste en un 25% adicional sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.


Si trabajas un día festivo oficial y tu empresa se niega a realizar el pago correspondiente, tienes un año para reclamar este derecho ante las autoridades. Puedes acudir a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) para recibir asesoría legal gratuita y personalizada o llamar a través del 079 o 800 717 2942 y 800 911 7877 desde cualquier parte de la República. 

MBL 



Google news logo
Síguenos en
Mayte Baena
  • Mayte Baena
  • Periodista egresada de la FES Aragón, UNAM con casi 15 años de carrera. Locutora comercial, editora en el área de Discover de Milenio. Apasionada de la política, con experiencia en trámites del Gobierno de México y en ocasiones de música, beisbol y otros de interés general.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.