Política

Reforma a Ley de Aguas Nacionales busca acabar con mercado negro de concesiones y robo de agua: Conagua

La presidenta Claudia Sheinbaum presentó una propuesta para modificar la ley que, según el subdirector de Asuntos Jurídicos de Conagua, afecta la "garantía del derecho humano al agua".

La propuesta de reforma a la Ley de Aguas Nacionales de la presidenta Claudia Sheinbaum busca eliminar el mercado negro de concesiones y robo de agua, “que no solamente afecta la disponibilidad, sino también la garantía del derecho humano al agua”, dijo Óscar Zavala Gamboa, subdirector General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

Entre los cambios clave de la iniciativa de reforma, enviada ayer al Congreso, se propone crear un capítulo de delitos hídricos, se incluye la eliminación de los bancos de agua y el establecimiento de un fondo de reservas de agua nacionales ​​para reasignar los volúmenes de agua recuperados, además de la creación de un nuevo Registro Nacional del Agua que consolidará los sistemas existentes.

El abogado destacó que el marco normativo de la Ley de Aguas Nacionales —que data de 1992— promueve un sistema de mercado del agua “donde los particulares libremente pueden disponer de los recursos hídricos. Los concesionarios libremente llevaban a cabo transacciones con ellos, al margen de la ley, cuando el agua es de la nación”.

Destacó que antes de 1992 solo existían dos mil 500 títulos de concesión, y en la actualidad hay 536 mil títulos que están siendo revisados por la actual administración de la Conagua; a la fecha, se han detectado cerca de 59 mil irregularidades.

“Al revisar esa problemática nos dimos cuenta de que hay una gran cantidad de títulos de concesión con irregularidades. ¿Qué es lo que se permite con este mercado negro? Que se pueda gestionar un título de concesión incluso en zonas donde no hay agua, y es un tema muy relevante y delicado, donde uno encuentra títulos de concesión asignados en acuíferos sobreexplotados; hay acuíferos que están sobre ¿concesionados tres veces más de la capacidad de agua que tienen”, expresó el funcionario en entrevista con MILENIO.
Óscar Zavala, subdirector General de Asuntos Jurídicos de la Conagua
Óscar Zavala Gamboa, subdirector General de Asuntos Jurídicos de la Conagua. | Especial

El abogado explicó que para combatir el mercado negro y robo de agua también se propone crear un capítulo de delitos hídricos en la iniciativa de reforma a la Ley de Aguas Nacionales –reglamentaria al artículo 27 de la Constitución–, ya que en el Código Penal Federal estos ilícitos no se encuentran tipificados al ámbito del agua, lo que obstaculiza su castigo.

río bravo
A través del Tratado de Aguas de 1944, México tiene derecho a usar el agua de los ríos que desembocan en el Río Bravo. | Juan Carlos Bautista

Explicó que si bien algunos delitos hídricos se encuentran plasmados en otras legislaciones, como la Ley General de Bienes Nacionales, en muchos casos Conagua no logra encuadrar ciertas conductas como delitos hídricos, por lo que no se castigan.

“Lo complejo de estos de estos tipos penales es que no se encuentran lo suficientemente especificados al ámbito del agua. Entonces, eso ha obstaculizado que se presenten denuncias y donde procesalmente cuesta mucho trabajo”.

El abogado indicó que un tipo penal es la falsificación de títulos de concesión o la asignación de títulos de concesión de manera contraria a la ley, pero si, por ejemplo, un servidor público emite un permiso para aprovechar el recurso y no un título de concesión, el delito ya no encuadraría en el supuesto que establece el Código Penal.

“Eso ha sido salida para que tengamos muchos salvedades y vericuetos para que no se pueda sancionar la conducta, y por eso fue muy importante establecer un catálogo especial de delitos hídricos que afecten tanto la asignación del agua, la protección de la misma, como por supuesto la función de los servidores públicos en el manejo de estos de éstas actividades”.

De esa manera, la iniciativa de la Presidenta incorpora como tipos penales la explotación, extracción y traslado ilegal de aguas nacionales, así como actos de corrupción cometidos en el otorgamiento de títulos de concesión y en trámites, además del desvío ilegal del flujo o cauce natural, con penas más elevadas que van de uno a 10 años de prisión y de 300 a cuatro mil días multa que se perseguirán de oficio.

"No es lo mismo el huachicoleo del agua, que es prácticamente robar el agua o extraerla de forma ilegal, a que alguien tenga un título de concesión y haga un uso distinto de éste; puede ser que este título de concesión sea para uso agrícola y se esté utilizando para vender pipas, por ejemplo, o puede ser que ya se venció el título de concesión del industrial y lo sigue utilizando sin haber iniciado ningún trámite. Son dos supuestos totalmente distintos y esa es la claridad que se busca dar”.

Otro de los delitos que se busca tipificar es el transporte de las aguas que provengan ya sea de huachicoleo –es decir extracción ilegal de pozos o tuberías–, o de concesiones irregulares, “porque no proviene de una situación lícita y ese supuesto tampoco estaba sancionado”.

También se propone penalizar el desvío de cauces, como el caso del Rancho El Saucito de César Duarte en Chihuahua, donde se construyeron presas y represos de manera ilegal.

"Es claro que hace falta un fortalecimiento del marco normativo. El asunto sigue sus instancias correspondientes, se están atendiendo los asuntos ante las instancias del Poder Judicial de la Federación y ante la Fiscalía General de la República estamos ahí estamos integrando carpetas de investigación”.
nueva iniciativa promueve un sistema de mercado del agua
En uno de los apartados, la nueva iniciativa promueve un sistema de mercado del agua. | Especial

En cuanto a las penas, el actual marco de referencia para imponer sanciones por infracciones a la Ley de Aguas Nacionales va de las 260 unidades de medida y actualización hasta las 26 mil UMAs. La reforma propone llevarlas de las 260 unidades de medida hasta las 50 mil.

De los bancos de agua al Fondo de Reserva de Aguas Nacionales

El subdirector General de Asuntos Jurídicos destacó que “la figura mercantilista” de los bancos de agua plasmada en la vigente ley desaparece en la iniciativa de reforma de la Presidenta, para dar paso al Fondo de Reserva de Aguas Nacionales.

“El banco de agua, como lo establece la ley vigente, a pesar de que ya no opera (hasta hace seis años), permitía que en una institución, en un banco literalmente, pudieran las partes y los funcionarios llevar a cabo transacciones con los títulos de concesión. 
"Prácticamente la asignación del agua estaba en manos de los particulares a través de esta figura, eso por supuesto, es una visión absolutamente mercantilista de uno de los recursos más importantes que tiene la nación”.

En cambio, el nuevo Fondo de Reserva de Aguas Nacionales tiene la función de recuperar los volúmenes de agua, “para que a través de un nuevo procedimiento donde se eliminan las transmisiones, y se da lugar a una reasignación de volúmenes". 

"Las transmisiones se permiten entre particulares y con la asignación de volúmenes es la Comisión Nacional del Agua la que coloca o reasigna esos volúmenes donde más se necesita”, indicó.

EHR

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Fanny Miranda
  • Fanny Miranda
  • Reportera de MILENIO, fan de la naturaleza y cazadora de atardeceres. Por sus trabajos sobre medio ambiente, ha ganado el Premio Aleman de Periodismo Walter Reuter 2022 (2do lugar) y Premio Nacional de Periodismo de Ciencia, Tecnología e Innovación en 2016, entre otros.
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