La televisión, la radio y los medios impresos han jugado un papel fundamental en la manera de informarse de las audiencias, así como en su formación de criterios.
En la actualidad, a estos medios se han sumado las plataformas digitales y, con ellas, ha venido un cambio de reglas, pues las legislaciones no las regulan en su totalidad.

Bajo ese contexto, toman relevancia la nueva reforma a la Ley de Telecomunicaciones y los derechos de las audiencias, pues una está íntimamente relacionada con la otra.
¿Qué son los derechos de las audiencias?
De acuerdo con Axel Velázquez Yáñez, doctor en Ciencias Políticas y Sociales por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y docente del Centro de Estudios de Ciencias de la Comunicación en la FCPyS, los derechos de las audiencias se pueden concebir como aquellos que protegen a las personas, vistas como consumidores, a partir de lo que se presenta en los medios de comunicación.
"La verdad es que el enfoque de los derechos de las audiencias está estrechamente ligado a los medios electrónicos, la radio, la televisión y actualmente también ya los servicios digitales, desde las plataformas de streaming hasta lo que está ocurriendo en las redes sociales que usamos de manera cotidiana", afirmó en entrevista para MILENIO.
¿Para qué sirven?
El objetivo de estos derechos, indicó, sería asegurar que los contenidos sean accesibles para todos, pero que también sean veraces y respetuosos.
"Yo creo que vale la pena observar de manera mínima lo que está ocurriendo actualmente para darnos cuenta de que no se cumplen algunas de estas premisas. que serían nuestros derechos como audiencias.
"Y creo que es necesario recordar que estos derechos de las audiencias derivan de los derechos humanos de expresión y de información", añadió.
¿Cuáles son los derechos de las audiencias?
Los derechos de las audiencias están representados en los artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que fue publicada en 2014 y recientemente reformada.
"El servicio público de radiodifusión de interés general deberá prestarse en condiciones de competencia y calidad, a efecto de satisfacer los derechos de las audiencias, para lo cual, a través de sus transmisiones brindará los beneficios de la cultura, preservando la pluralidad y veracidad de la información, además de fomentar los valores de la identidad nacional, con el propósito de contribuir a la satisfacción de los fines establecidos en el artículo 3o. de la Constitución", indica el artículo 256 de dicha ley.

¿Cómo denunciar violencia contra estos derechos?
De acuerdo con la ley, los concesionarios que presten servicio de radiodifusión deberán contar con una defensoría de audiencia, que podrá ser del mismo concesionario, conjunta entre varios concesionarios o a través de organismos de representación.
Defensor de la audiencia
Será el responsable de recibir, documentar, procesar y dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos de las personas que componen la audiencia.
Los radioescuchas o televidentes podrán formular sus reclamaciones por escrito e identificarse con nombre, apellidos, domicilio, y, en su caso, correo electrónico en un plazo no superior a siete días hábiles posteriores a la emisión del programa objeto de la misma.
Recibidas las reclamaciones, quejas o sugerencias, el defensor las tramitará en las áreas o departamentos responsables del concesionario, solicitando las explicaciones necesarias.
La contraparte contará con un máximo de 20 días hábiles para dar respuesta , en su caso, explicación que a su juicio merezca.
La rectificación, recomendación o propuesta de acción correctiva que proponga el defensor de la audiencia al concesionario, deberá ser clara y precisa. Además, se difundirá y hará pública dentro de un plazo de 24 horas en la página que el concesionario publique.

¿Cómo afecta a las audiencias la nueva reforma en materia de Telecomunicaciones?
Para Axel Velázquez, los derechos de las audiencias están ligados a organismos autónomos, ya que no se conciben como aquellos que puedan ser garantizados por el gobierno mismo.
"Digamos que los organismos autónomos forman parte del Estado, pero son como un supervisor, un tercero que vigila al gobierno y a los privados. Entonces, el concepto no puede casi desligarse de estas dos cuestiones: ser conscientes de que quizá no está ocurriendo del todo y, segundo, derivan de la concepción de los derechos humanos de expresión y de acceso a la información como derechos de las audiencias y debería haber un organismo autónomo que velara por ellos".
Antes, esa función de vigilancia le correspondía al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), sin embargo, este 2025 también se aprobó la ley que extinguió a siete organismos autónomos, incluyendo el antes mencionado.
Por ello, la creación de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) fue un punto clave en la nueva iniciativa, ya que sería la encargada de absorber las funciones que antes tenía el IFT.
José Antonio Peña Merino, quien sería titular de la Agencia, señaló que los objetivos del organismo son unificar las capacidades tecnológicas de la Federación para un mejor aprovechamiento y que las personas accedan con mayor facilidad a los derechos mediante la tecnología.
“Y el objetivo es simplificarle la vida a las mexicanas y a los mexicanos, evitar cualquier forma de corrupción que pueda haber en una ventanilla. Todos los desarrollos que van beneficiar a los mexicanos en el territorio nacional y el extranjero, vamos a trabajar conjuntamente con municipios y estados para que estos trámites puedan digitalizarse”, destacó.
La agencia se guiará por siete puntos:
- Lo que existe presencial puede existir digital
- Reducir al mínimo la carga regulatoria sobre personas y empresas
- Ahorros, cero corrupción y sistemas públicos que se hablen
- Un sólo número de atención
- Inteligencia de datos para fortalecer capacidades públicas
- Autonomía tecnológica y seguridad de la información
- El internet es un derecho
¿Cuáles son las preocupaciones de la ciudadanía ante la nueva ley?
Algo que preocupa mucho a nivel ciudadano, explicó el especialista, es el uso que pueda darse al acceso a la información personal desde el gobierno.
"Como le da más poder al Ejecutivo, y tendríamos que pensar si esta comisión reguladora de telecomunicaciones —que será la encargada de vigilar estos derechos— realmente va a hacer su trabajo así como estaba previsto que lo hiciera el IFT a partir de su creación.
"Digamos que una de las preocupaciones es que no haya contrapesos en la vigilancia y que debiera estar haciendo el gobierno, a veces de sí mismo, ya sea de las concesiones o de los tratos que establece con privados hablando de medios de comunicación", indicó.

¿En qué beneficia a las audiencias esta iniciativa?
En palabras del académico, sí hay cosas positivas en la nueva reforma de telecomunicaciones.
"Por un lado, hay una obligatoriedad respecto a tener un código de ética para los medios de comunicación, antes era una cuestión opcional, y a la par de ello, digamos que se busca garantizar que exista este defensor de las audiencias en todos los medios.
"Y un esfuerzo más, que este es un poco relativo, porque ya se ha intentado, legislar respecto a cómo es que un medio va a diferenciar sus secciones de información y de opinión, que esto es algo muy cotidiano, lo cual contribuye a esto de la alfabetización mediática", dijo.
Debido a estos cambios, toma relevancia también la responsabilidad que tiene la ciudadanía respecto a los medios de comunicación en cuanto al balance en la información.
"Va desde alcanzar a entender (como audiencia), pero también es una responsabilidad de las autoridades, y es que no sólo es a nivel de reforma en telecomunicaciones, sino a nivel educativo.
"Esto nos atraviesa a todos, pero no sólo basta con reformar en la ley, y sobre todo dirigido en torno a las telecomunicaciones, sino que debe estar en la educación, en buena medida, esa alfabetización necesaria para siquiera entender cuáles son mis derechos como audiencia que podría reclamar", detalló.
EHR