La reforma constitucional que busca disminuir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales comenzará su paso por el Congreso de la Unión, luego de que el Senado recibiera la iniciativa presidencial, pero aún enfrenta varios pasos obligatorios antes de convertirse en ley.
A continuación se explica, paso a paso, el proceso que resta para que la reducción de la jornada laboral pueda entrar en vigor en el país.
Así será el proceso en el Senado
El Senado es la primera instancia que deberá aprobar la reforma. En esta etapa, las comisiones dictaminadoras, que serán las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos, deben elaborar y votar un dictamen.
Estas comisiones pueden avalar el dictamen tal como fue enviado por el Ejecutivo o introducir modificaciones.
Una vez aprobado en comisiones, el dictamen debe pasar al Pleno, donde se requiere una mayoría calificada, es decir, el voto favorable de las dos terceras partes de los legisladores presentes por ser una modificación constitucional.
Solo después de obtener esta aprobación, el Senado puede enviar la minuta correspondiente a la Cámara de Diputados. Si no logra la mayoría requerida, el proyecto se estanca y debe construirse un nuevo acuerdo político.
Paso por la Cámara de Diputados
Tras ser aprobada en el Senado, la Cámara de Diputados recibe la minuta aprobada y la turna a comisiones,, donde se revisa el contenido y se decide si se ratifica, modifica o rechaza. Una vez validada, también pasará al pleno de la Cámara.
Durante la sesión, la iniciativa se someterá a debate con intervenciones a favor y en contra, hasta llegar al proceso de votación.
Cabe aclarar que, si la Cámara de Diputados realiza modificaciones, la minuta deberá regresar al Senado para que estas modificaciones sean avaladas por ambas cámaras. Si no hay ajustes, el proyecto se considera aprobado por el Congreso de la Unión en su totalidad.
Validación en los congresos locales
Al tratarse de una reforma que involucra cambios a la Constitución, ésta deberá ser enviada a los congresos estatales. En este punto comienza la etapa conocida como “aprobación de las legislaturas locales”.
Para que la reforma sea válida, al menos 17 congresos estatales, es decir, la mitad más uno, deben votar a favor de ésta. Cada legislatura podrá discutirla en sus propios tiempos, aunque la Secretaría de Gobernación suele compilar los resultados conforme van llegando las notificaciones oficiales.
Una vez alcanzada la mayoría requerida, el Congreso de la Unión emitirá una declaratoria de validez.
Aval y publicación por el Ejecutivo
Tras la declaratoria, la reforma pasa al Poder Ejecutivo. La presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, promulgará el decreto y ordenará su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Tras estas acciones, la reforma entrará en vigor en la fecha que la Presidencia establezca; aunque en algunos casos es inmediata, en otros se fijan plazos para su implementación.
Una vez publicada, tanto el Congreso como las dependencias del gobierno federal deben emitir reglamentos, lineamientos o ajustes normativos necesarios para su operación.
Una vez pasado todo este proceso, la reducción gradual de la jornada laboral de 48 a 40 horas formará oficialmente en parte de la Constitución mexicana.
En caso de que la reforma incluya artículos transitorios, los lineamientos determinarán cómo y cuándo deberán aplicarla los empleadores del país.
LP