Luego de que varios gobernadores han decretado medidas para suspender la movilidad de la población, el presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal, les recordó que, aunque se comprende su desesperación, no tienen facultades para ello y sólo el Ejecutivo federal con el aval del Congreso de la Unión puede decretar la suspensión de garantías individuales.
El artículo 29 determina que, en caso de invasión, perturbación grave de la paz pública o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente, con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente, podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías.
#EnVivo Le digo a los gobiernos de algunos estados: acudamos al diálogo, antes que a la fuerza, para enfrentar la pandemia. https://t.co/w7kW0NUaso
— Ricardo Monreal A. (@RicardoMonrealA) April 20, 2020
Será por un tiempo limitado y los decretos expedidos por el Ejecutivo durante la restricción o suspensión, serán revisados de oficio e inmediatamente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que deberá pronunciarse con la mayor prontitud sobre su constitucionalidad y validez.
En un mensaje nocturno, Monreal Ávila dijo que en pocas ocasiones se ha acudido a la suspensión de garantías como define el artículo 29, porque es un país que enfrenta sus contingencias con la movilización social y no con la coerción.
"Hoy en algunos estados se escucha por la desesperación, entiendo yo, medidas coercitivas que puedan obligar a la población a no salir o a tomar medidas sanitarias".
Dijo que, como representante del Pacto Federal y miembro del Senado, cuya definición es velar por la autonomía de los estados y que tenga vigencia el federalismo, le preocupa que estados aisladamente tomen decisiones de este carácter.
Recomendó acudir al diálogo antes que la fuerza.
“Entiendo la preocupación y hasta desesperación, pero lo mejor es dialogar con el Presidente de la República, con los alcaldes, con las fuerzas políticas, porque además para la desaparición de garantías se requiere una declaración del Congreso no se puede emitir una decisión de esta magnitud”.