El Poder Ejecutivo y Legislativo del Estado de México acordaron dar celeridad a la iniciativa de ley que envió este fin de semana la gobernadora Delfina Gómez para castigar el delito de acoso sexual desde la primera ocasión y no tener que esperar a que ocurra de manera reiterada.
Esperan que en este mes pueda entrar en vigor y se castigue a quien obstruya la acción de la justicia.
En entrevista el consejero jurídico del gobierno mexiquense, Jesús George Zamora, dio a conocer que ya tuvo un acercamiento con el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), José Francisco Vázquez Rodríguez y con la presidenta de la legislatura Martha Azucena Camacho Reynoso para que el tema pueda tener un tratamiento primordial.
“El Poder Legislativo está atento a los reclamos de la sociedad y lo hará de manera muy rápida. He hablado con el presidente de la Junta de Coordinación Política y con la presidenta de la mesa directiva y están en total consonancia de agilizar el trámite” indicó luego de apuntar que van a seguir revisando la ley para que haya justicia plena.
Durante una visita al Congreso local, el funcionario indicó que la iniciativa es una respuesta inmediata de la gobernadora y de respaldo a los recientes acontecimientos que sucedieron a nivel nacional, con lo cual se espera que desaparezca la cifra negra y todas las mujeres que sean víctimas de este delito denuncie, con la confianza que habrá justicia.
“Es algo muy sencillo pero necesario porque nuestro Código Penal señala que el abuso sexual tiene una característica de reiteración, es decir que una mujer que hubiera sido o hubiera tenido este tipo de conductas en su contra, debería esperar que sucediera varias veces para que pudiera denunciar y fuera considerado como delito. A partir de esta reforma con solo acto se podrá denunciar”, apuntó.
¿Qué dice la ley sobre el acoso sexual?
Actualmente el Código Penal de la entidad señalan que el acoso sexual, es decir cuando alguien actúa con fines de lujuria reiteradamente, aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente para la víctima, la pena es de uno a cuatro años de prisión y de 100 a 300 días multa. Y si la víctima es menor de edad o no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo, la sanción se incrementará en un tercio.
Si el sujeto activo del delito es servidor público además se le inhabilitará para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público de uno a tres años. Y para el caso de que pertenezcan a alguna institución educativa pública o privada el tiempo en prisión aumenta una mitad, además de la destitución del cargo y una se inhabilita de uno a diez años.
¿Qué se propone?
La propuesta elimina la condición de reincidencia que hasta ahora limitaba la sanción de este delito, establece agravantes cuando el acoso se cometa aprovechando una situación de vulnerabilidad, desventaja o riesgo para la víctima, incrementando las penas hasta en una mitad o cuando haya reincidencia.
Se crea un nuevo tipo penal para castigar a servidores públicos, desde ministerios públicos hasta policías o jueces que se nieguen a recibir denuncias, intimiden o disuadan a las víctimas, con penas de dos a seis años de prisión, destitución e inhabilitación para ocupar cargos públicos por un periodo igual a la pena impuesta.
La iniciativa llegó este fin de semana al Congreso y será presentada en el pleno este miércoles, para turnarla a comisiones a análisis y sea dictaminada lo antes posible.
PNMO