Policía

Corte podrá hacer que usuarios demanden a empresas telefónicas por falla en protección de datos

La ministra Loretta Ortiz Ahfl presentará dos proyectos de sentencia en los que propone negar un amparo a AT&T.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debatirá un proyecto que de ser aprobado abrirá la puerta para que los usuarios de empresas de telefonía móvil puedan presentar demandas por daño moral contra las compañías que actúen de forma negligente en la protección de datos. 

El 8 de abril, la ministra Loretta Ortiz Ahfl presentará dos proyectos de sentencia en los que propone negar un amparo a AT&T y conceder la protección de la justicia a una mujer que fue víctima de suplantación de identidad, ya que fue duplicada su tarjeta SIM, es decir, su Módulo de Identidad del Suscriptor.

Esto sabemos del caso de suplantación de identidad

Una mujer que vive en la Ciudad de México contrató su servicio de telefonía móvil y después vinculó su número telefónico a diversas aplicaciones y servicios digitales, tales como Microsoft, Hotmail, Google, Facebook y WhatsApp.

Tiempo después, su celular dejó de contar con el servicio contratado y, el mismo día que eso ocurrió, comenzó a recibir notificaciones sobre operaciones bancarias, cambios de contraseña, y mensajes de conocidos, informándole que habían recibido imágenes íntimas.

Tras revisar su perfil de Facebook, la mujer descubrió que diversas imágenes suyas habían sido publicadas y compartidas a diferentes personas.

Al día siguiente, acudió a uno de los centros de atención a clientes de la empresa de telefonía, donde el personal le informó que un día antes alguien solicitó el reemplazo de su tarjeta SIM en el estado de Chihuahua.

Ella presentó una demanda contra la compañía porque no verificó adecuadamente la identidad de quien solicitó el cambio de SIM, lo que permitió que una persona no autorizada tomara el control de su línea y, con esto, accediera a sus cuentas personales y difundiera sus imágenes íntimas.

Postura de AT&T

Sin embargo, la empresa dijo que la quejosa eligió voluntariamente su número telefónico como medio de recuperación de contraseñas y que fue su decisión vincular ese número a sus aplicaciones y servicios digitales.

Asimismo, que las imágenes fueron tomadas por ella y las que fueron ofrecidas como prueba habían sido alteradas, además de que no reaccionó de forma oportuna ante las alertas de seguridad y no bloqueó a tiempo el acceso a sus cuentas digitales.

También alegaron que la nueva tarjeta SIM fue entregada a una persona que se identificó con un documento oficial válido.

Adelanto del proyecto de Loretta Ortiz

Debido a la relevancia del caso, los dos amparos fueron atraídos por la Corte y turnados a Loretta Ortiz, quien propone declarar infundados los alegatos de la empresa y enfatiza que su obligación de resguardar la seguridad de la línea va más allá de la mera prestación del servicio.

En el amparo de la mujer, la togada criticó a la representación legal de la compañía por utilizar expresiones relacionadas con la conducta de la quejosa, a quien le atribuyó un actuar basado en la idea de que expone la intimidad de su persona reiteradamente.

“Luego, asoció de manera explícita las imágenes de la actora al género pornográfico, el cual, a su decir, es conocido como softcore; calificación que, a juicio de esta Corte, parece reducir la identidad de la actora a un cuerpo expuesto con fines sexuales, lo que podría interpretarse como una forma de cosificación, aludiendo que la captación de la actora representa material sexualizado”, explica la ministra.

Ortiz Ahfl subraya que el SIM swapping (o intercambio de SIM) es un fraude donde delincuentes suplantan tu identidad ante tu operadora telefónica para duplicar tu tarjeta SIM y tomar control de tu número.

Esto les permite recibir llamadas, SMS y códigos de verificación (2FA) para vaciar cuentas bancarias y robar redes sociales al quedar tu móvil sin servicio. Advierte que es una actividad delictiva en crecimiento.

La togada hace énfasis que la empresa no acreditó que hubiera seguido los protocolos mínimos de verificación de identidad antes de entregar una nueva SIM.

Puntualiza que, conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, las concesionarias de telefonía tienen la obligación de resguardar los datos personales de los usuarios y de contar con personal capacitado para implementar procedimientos de identificación robustos y seguros.

“Conforme al marco normativo vigente al momento en que ocurrieron los hechos del juicio de origen, las concesionarias de telecomunicaciones no podían mostrarse indiferentes o flexibles frente al fenómeno de SIM swapping, porque los deberes jurídicos referidos y el contexto de incidencias expuesto les exigían actuar con diligencia, seguridad y responsabilidad en cualquier trámite que implicara el tratamiento o manejo de datos personales o cualquier otra información de las personas usuarias, especialmente cuando se tratara de situaciones que pudieran representar o facilitar un riesgo potencial para estas últimas”.

Empresa podría pagar reparación del daño

La ministra propone conceder el amparo a la mujer para que se deje sin efectos la sentencia de la Décima Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y emita una nueva resolución partiendo de la base de que se encuentra acreditado que la empresa tiene responsabilidad en cuanto a que sólo le es atribuible directamente la afectación al patrimonio moral de la quejosa.

Esto derivado de los accesos no autorizados a sus aplicaciones y servicios digitales, así como de la difusión no autorizada de sus imágenes íntimas.

De igual manera, propone que el tribunal local deberá cuantificar la reparación del daño moral, tomando en cuenta que la afectación que sufrió se calificó como media y cuyo examen tendrá que realizarse con perspectiva de género.

En caso de ser aprobados, con seis votos las propuestas, se generará un nuevo criterio en este tipo de asuntos y que deberán seguir los jueces del país.

RM

Google news logo
Síguenos en
Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.