La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tumbó la norma que permitía a médicos y enfermeras que laboran en el estado de Morelos no practicar abortos en casos de urgencia, o cuando la vida de una mujer está en peligro, ya sea por cuestiones de ética, convicciones religiosas o por deontología médica.
Por mayoría de votos, la Corte invalidó la totalidad del Artículo 12 Bis de la Ley de Salud de la mencionada entidad, publicado el 5 de julio de 2023.
CNDH impugna mandato médico
La norma fue impugnada a través de dos acciones de inconstitucionalidad presentadas por la titular del Ejecutivo Federal y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
El pleno dio un plazo de 90 días al congreso morelense para que legisle sobre la objeción de conciencia y se cuente con médicos no objetores, tanto en clínicas y hospitales, para atender los casos de urgencia o cuando peligre la vida de las personas, no solo en abortos, sino también en disposición de órganos.
El ministro Irving Espinosa Betanzo señaló que la objeción de conciencia no puede estar por encima de la atención médica.
“Lo que queda claro tras el estudio de la norma es que no se puede tolerar que, en nombre de la conciencia de algunos, se sacrifique el derecho a la salud del resto”, expresó.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa enfatizó que la anterior integración de la Corte ya había echado abajo el mencionado artículo y ordenó legislar sobre el tema, pero el legislativo no atendió los lineamientos establecidos por el Alto Tribunal.
“El Congreso del Estado incumplió con esta disposición que le ordenó la Suprema Corte. Volvió a legislar y lo hizo incorrectamente. Lo hizo de una forma irregular, sin acatar los lineamientos establecidos, por lo tanto, yo considero que se debe invalidar la norma en su totalidad para efecto de que el Congreso del estado nuevamente vuelva a legislar y lo haga en los términos que le ha ordenado esta Suprema Corte”, expresó.
Postura del ministro Arístides Guerrero García
Por su parte, el ministro Arístides Guerrero García se pronunció por invalidar sólo una parte de la norma.
“El 13 por ciento de las muertes maternas en el mundo son derivadas de abortos inseguros, de acuerdo con cifras de la Organización Mundial de la Salud. Las mujeres en Morelos, en el Estado de Morelos, no pueden seguir esperando ante este vacío normativo (...) Si nosotros, en este momento, expulsamos completamente la norma, esta cifra que acabo de señalar puede seguir aumentando”.
Su comentario propició que la ministra Loretta Ortiz Ahfl interviniera y lo calificara de exagerado.
“Lo que se acaba de mencionar, con el debido respeto, es una exageración. Es un problema que se tiene a nivel nacional”, declaró la togada. Pero, Aristídes aseguró que no estaba exagerando.
“No es ninguna exageración, son cifras reales y sí creo que debe existir el personal médico suficiente para que en caso de que se opte por la interrupción del embarazo, exista esta posibilidad, que exista el personal médico que pueda permitir y evitar estas lamentables cifras, que son cifras y no son exageración”, comentó.
El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, recordó que el estado Morelos es una de las entidades que todavía penaliza el aborto.
La Corte también invalidó el artículo 3 bis, fracción XX, de la citada ley que contiene la definición de “deontología médica”.
RM