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SCJN admite controversia de Michoacán por lineamientos de apoyos federales

El 11 de enero se estableció que los programas tendrán como prioridad las personas en zonas de población mayoritariamente indígena, con mayor grado de marginación o con altos índices de violencia.

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional que interpuso el gobierno de Michoacán, en la que impugna los lineamientos que deben seguirse para la entrega de recursos de manera prioritaria a los sectores que el gobierno federal identifica como los más vulnerables del país.

El 11 de enero en el Diario Oficial de la Federación se publicaron dichos lineamientos en donde se establece que los programas tendrán como prioridad las personas en zonas de población mayoritariamente indígena, con mayor grado de marginación o con altos índices de violencia, de acuerdo con los mecanismos establecidos por la Secretaría de Bienestar.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo admitió a trámite la controversia interpuesta por el consejero jurídico del gobierno de Michoacán, motivo por el cual emplazó al titular del Ejecutivo Federal para que conteste la demanda y rinda informes justificados en un plazo de 30 días hábiles.

En el acuerdo del ministro, se deja claro que solo se tiene como demandado en este procedimiento constitucional al Poder Ejecutivo Federal, mas no así a la Secretaría de Bienestar y a la Coordinación General de Programas para el Desarrollo, “ya que éstas son dependencias subordinadas a dicho poder, el cual debe comparecer por conducto de su representante legal y, en su caso, dictar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la resolución que se emita en este asunto”.

Los citados lineamientos también señalan que los beneficios económicos y en especie de los programas se entregarán de manera directa y sin intermediarios a los beneficiarios, por las dependencias responsables de la ejecución, a través de instrumento bancario.

Los programas se aplicarán con base en la suficiencia y disponibilidad presupuestal que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Además, los beneficiarios de los programas integrales para el desarrollo serán incorporados a un padrón integrado por la Secretaría de Bienestar, con información de las dependencias y entidades responsables.

Los lineamientos puntualizan que dicho padrón será revisado por la Secretaría de la Función Pública de manera continua para su debida validación, actualización y auditoría.


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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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