Policía

Amparan a persona que se le negó pasaporte por tener acta de nacimiento extemporánea

Presentó un amparo al señalar que se transgredieron los derechos humanos de identidad, nacionalidad, legalidad y seguridad jurídica, así como el derecho de igualdad y no discriminación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a una persona que le fue negado el trámite de su pasaporte por contar con un acta de nacimiento extemporánea, al considerar que representa un acto de discriminación para sectores vulnerables.

En sesión pública del pleno, por unanimidad, los ministros invalidaron el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje en el que se establecen una serie de requisitos adicionales para las personas interesadas en realizar el trámite y que cuenten con un acta de nacimiento extemporánea.

¿En qué consistía el amparo?

Esto derivado de un amparo que promovió una persona identificada como Miguel Ángel Benítez Hernández, quien acusó que en Tijuana, Baja California, se le negó la emisión del pasaporte “en virtud de que con la documentación aportada no acreditaba su identidad y nacionalidad mexicana, toda vez que su acta de nacimiento cuenta con registro extemporáneo”, por lo que le solicitaron documentos adicionales.

Por ello, presentó un amparo al señalar que se transgredieron los derechos humanos de identidad, nacionalidad, legalidad y seguridad jurídica, así como el derecho de igualdad y no discriminación.

En la discusión del proyecto, los ministros coincidieron en que este artículo es una carga excesiva que atenta contra el derecho a la identidad.

También, señalaron, representa un acto discriminatorio, ya que en ciertas zonas del país es difícil que las personas puedan ir a los registros civiles o que cuenten con testigos que den fe a dichos trámites.

Postura de los ministros de la SCJN

“Jurídicamente, es válido inferir que el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, vulnera de manera particular y diferenciada a personas y grupos situados en contextos rurales, o en situaciones de marginación”.
“Esto porque la exigencia de documentación adicional y procesos de verificación más rigurosos para actas de nacimiento extemporáneas no sólo representa una carga desproporcionada a estos grupos, sino también ignora las realidades contextuales que limitan su capacidad para cumplir con tales requerimientos”, señaló la ministra Yasmín Esquivel.

En tanto, el ministro Irving Espinosa señaló que imponer requisitos adicionales constituye una “carga desproporcionada” porque se responsabiliza a la persona por el registro tardío que, “en la mayoría de los casos no dependía de ella”.

“Este asunto evidencia que un registro de nacimiento extemporáneo no necesariamente refleja una irregularidad, desafortunadamente lo que puede reflejar son las condiciones de desigualdad que dificultan el acceso oportuno al registro civil. Son personas que por haber sido inscritas tarde, pasan la vida comprobando su identidad una y otra vez ante el Estado”, indicó.

Los ministros aprobaron por unanimidad el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel, y señalaron que con esto se puede solicitar la declaratoria general de inconstitucionalidad, mismo proceso que tendrá que ser presentado ante la presidencia de la Corte.


RM


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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