M+.- El Mundial de Futbol de 2026 no sólo se disputa en las canchas de los estadios Ciudad de México, Jalisco o Monterrey. Desde mucho antes del silbatazo inicial, el torneo abrió un frente muy distinto al del terreno de juego: el de los juzgados.
Una revisión de expedientes del Poder Judicial de la Federación permite documentar la existencia de al menos 17 litigios que tienen vínculos con el Mundial, la FIFA o las ciudades sede, mismos que tuvieron alguna resolución entre noviembre de 2021 y junio de 2026.
Los casos dibujan el mapa de tensiones que el evento deportivo más grande del mundo ha sembrado en las tres principales sedes para la competencia en México.
Van desde aficionados que intentaron frenar la reventa de boletos, personas que reclamaron el desposeimiento de un palco, empresas que impugnaron un alza de impuestos en la capital, incluso la queja de una persona con discapacidad a la que las autoridades de Jalisco pretendían tapiar el único acceso a su vivienda por causa del Fan Fest.
Disputas por marcas y propiedad intelectual
El grupo más numeroso de litigios nació antes de que rodara el balón y se concentró en la Ciudad de México, ante la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
Son pleitos por marcas: particulares y empresas que intentaron registrar signos alusivos al Mundial y se toparon con una negativa sistemática de la autoridad, validada después por los tribunales federales.
El IMPI negó el registro de denominaciones como “UNIDOS” y más aún “UNIDOS 2026” para ropa, calzado y sombrerería, cervezas, aguas, bebidas sin alcohol, jarabes, publicidad y gestión comercial.
En cada caso, el argumento de la autoridad fue que la denominación podría generar una falsa asociación –incluso fonética– con la Copa Mundial 2026 o con la FIFA, e inducir al consumidor a creer que se trataba de productos oficiales o vinculados al organismo.
Los tribunales mantuvieron las negativas por ese riesgo de confusión o falsa indicación de origen. Estos litigios se extendieron en el tiempo: hay resoluciones desde el 28 de noviembre de 2023 y el 2 de diciembre de 2021 hasta marzo de 2024.
En al menos un expediente, fechado el 18 de agosto de 2022, el tribunal consideró que el tema — es decir, la relación entre propiedad industrial, signos mundialistas y futuras controversias— podía tener “importancia y trascendencia” y ordenó remitir el caso a la Suprema Corte para que decidiera si ejercía la facultad de atracción.
La Corte no la ejerció y el amparo terminó negándose el 2 de marzo de 2023, manteniendo la negativa por semejanza y posible asociación indebida con el Mundial.
El blindaje también operó en sentido inverso, pues hubo quienes intentaron anular marcas ya concedidas a la FIFA y fracasaron. En dos casos, uno resuelto el 27 de junio de 2024 y otro el 8 de febrero de 2024, los quejosos buscaban tumbar registros que favorecían al organismo internacional.
Un expediente del 4 de marzo de 2026 muestra hasta dónde llega el cerco impuesto por la FIFA que condiciona a jueces y autoridades mexicanas al impedir el uso de nombres y hasta frases completas.
El IMPI negó el registro de una frase asociada a Lionel Messi que se hizo viral durante Qatar 2022, aquella que decía: “Qué mirás, bobo. Andá p'allá”, solicitada para tazas, vasos y termos. El tribunal dejó firme la negativa por la posible asociación engañosa con el deportista y el Mundial.
Negativa de registro de marcas alusivas al Mundial
Entre los amparos resueltos por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco, está uno que intentó frenar la reventa especulativa de boletos del Mundial.
El quejoso reclamó omisiones a un amplio espectro de autoridades: la presidenta de México (Claudia Sheinbaum Pardo), la Procuraduría Federal del Consumidor, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México (Clara Brugada Molina), los gobernadores de Jalisco y Nuevo León (Pablo Lemus y Samuel García, respectivamente); los alcaldes de Zapopan, Monterrey y Coyoacán, además de un organismo vinculado a la FIFA.

Su reclamo central era que ninguna de esas autoridades hizo lo necesario para impedir la reventa abusiva, la publicidad engañosa y la especulación en la venta de entradas, pese a que el tema se había mencionado incluso en una conferencia matutina presidencial del 22 de diciembre de 2025.
El juez, de plano, desechó ambas demandas el 11 y el 21 de mayo de 2026. El criterio fue que el promovente no acreditó haber comprado boletos, ni que se le hubiera negado una compra concreta ni una relación jurídica específica con las autoridades señaladas.
Su inconformidad — sostuvo el juzgado— era la de cualquier aficionado o consumidor potencial, un “interés simple y no el interés legítimo, real y diferenciado que la ley exige para abrir el juicio de amparo”.
Admitir lo contrario — advirtió el juez— equivaldría a convertir el amparo en una “acción popular” que permitiría a cualquier ciudadano someter a control judicial el cumplimiento abstracto de las leyes.
También se encontró otro caso del 9 de junio de 2026, apenas dos días antes del arranque del torneo. El Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco desechó el amparo de un comerciante que vendía bebidas alcohólicas de alta graduación.
Este quejoso reclamó una supuesta orden verbal de la Dirección de Inspección y Vigilancia del Ayuntamiento de Guadalajara, mediante la cual se le prohibía vender licores y bebidas en envase de vidrio durante el Mundial del 11 de junio al 19 de julio, bajo amenaza de multa y clausura.
La jueza desechó la demanda porque el acto reclamado era, en su lógica, futuro e incierto.
Conflictos sobre palcos, impuestos y accesibilidad
El 24 de abril de 2026, el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México desechó por improcedente la demanda de dos personas y un particular que reclamaban el desposeimiento de un palco y varios cajones de estacionamiento. No lo consideró un acto de autoridad para efectos del amparo, sino uno contractual entre privados.
El 14 de abril de 2026, un grupo de empresas impugnó reformas fiscales de la Ciudad de México, en particular el aumento al impuesto sobre nóminas y la creación del Fideicomiso de infraestructura, movilidad, agua y seguridad (Fimas) ligado al contexto mundialista.
El tribunal negó el amparo: consideró acreditada la finalidad pública del aumento y su vínculo con la inversión urbana de interés general.
Asimismo, el 23 de octubre de 2025 fue promovido por varias empresas y asociaciones un procedimiento contra el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), al que reclamaban falta de respuesta sobre las mesas de trabajo del Mundial y la posible imposición de servicios de taxi por aplicación.
El juicio se sobreseyó: el juzgado tuvo por inexistente la omisión, porque el AICM ya había respondido antes en favor de los taxis autorizados por el aeropuerto.
Igual suerte corrieron los conflictos derivados del uso de palcos en el Estadio Ciudad de México. Una persona señaló como responsables a Fútbol del Distrito Federal S.A. de C.V. –de Grupo Ollamani–, al propio estadio –el Banorte, renombrado como la ciudad capital durante la competencia–, a la Federación Mexicana de Futbol, a la FIFA y a la Oficina del Comité Organizador México 2026 por despojarlo de su palco. Tampoco avanzó.
Un caso sí se ganó: accesibilidad vs. Fan Fest
De los 17 litigios, uno destaca porque la justicia federal dio la razón al quejoso. El 4 de junio de 2026, el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, en Zapopan, resolvió por unanimidad el recurso de queja de una persona con discapacidad motriz, espacial e intelectual que se desplaza en silla de ruedas.
La Dirección de Patrimonio Inmobiliario de la Secretaría de Administración de Jalisco había avisado, mediante un comunicado pegado en la entrada de su edificio, que a partir del 28 de abril de 2026 colocaría tapiales, es decir, barreras, para cerrar los ingresos del sótano de un estacionamiento del centro histórico de Guadalajara, con motivo del contrato de ciudad sede y del FIFA Fan Festival.
El problema era que ese acceso era el único que, a través de un elevador, permitía al quejoso llegar en silla de ruedas a su vivienda y a su local comercial.
Un juez de Distrito le había negado la suspensión, con el argumento de que abrir el acceso afectaría el interés social y la organización del festival, y que el quejoso podía entrar por otro acceso. El tribunal colegiado revocó esa decisión.
Sostuvo que el efecto de la medida no era suspender el Fan Fest ni su operativo de seguridad, sino únicamente garantizar que la persona pudiera seguir entrando a su casa como lo hacía habitualmente.
Con perspectiva de discapacidad y suplencia de la queja reforzada, el tribunal concedió la suspensión provisional para que las autoridades implementaran lo necesario y no “tapiaran”, obstruyeran ni bloquearan ese acceso.
Además, ordenó redactar la sentencia en formato de lectura fácil. “Tu seguridad es primero”, explicó el tribunal en esa versión: nadie puede impedir el paso por eventos del Mundial.
El balance, hasta ahora, es que en casi todos los frentes, marcas, boletos, alcohol, palcos o impuestos, los tribunales cerraron la puerta a quienes intentaron pelearle algo al Mundial.
Fact checking: JRH
RM
