En plena vía pública fue localizado el cadáver de una mujer con visibles señales de violencia durante la mañana de este domingo en la colonia Lomas del Camichín en el municipio de Tonalá.
La policía municipal llegó hasta un camino de terracería ubicado sobre Carretera a Zapotlanejo al cruce de avenida Patria, justo a lado de un negocio de paquetería donde a pesar de lo transitado de la zona, la mujer de casi 30 años de edad, fue localizada entre la maleza completamente desnuda, con golpes y graves quemaduras en las piernas y casi todo el cuerpo.
Según vendedores ambulantes, podría tratarse de una mujer en situación de calle que frecuentaba el área, pero eso no fue confirmado por autoridades, por lo cual, aún se desconoce la identidad de la víctima que al parecer fue violentamente asesinada.
De igual manera, no se obtuvo información sobre posibles causantes.
A la llegada de servicios forenses, se percataron de que la mujer tenía de 2 a 3 horas de evolución cadavérica y procedieron a levantar los restos de la víctima mientras el área fue resguardada.
Esta es la séptima carpeta abierta por feminicidio en Jalisco en lo que va del mes de diciembre.
¿Qué es el meninicidio y cómo identificarlo?
La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas.
En nuestro Código Penal Federal el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325, el cual establece lo siguiente:
“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
- A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
- Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
- Haya existido entre el activo y la victima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
- Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
- La victima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
- El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.”
MC