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Corte atrae recurso relacionado con caso de huachicol fiscal imputado a un empresario

El empresario Edgar Marín Meza, señalado de contrabandear 21.5 millones de diésel, interpuso el recurso.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo otro recurso de queja relacionado con el caso más relevante de huachicol fiscal en el país y que presuntamente involucra al empresario Edgar Marín Meza Moreno, señalado por la Fiscalía General de la República (FGR) de supuestamente contrabandear 21.5 millones de litros de diésel.

Por unanimidad y sin discusión alguna, el Pleno avaló la propuesta del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz y de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra para conocer otro recurso donde el empresario reclamó que se haya dado entrada a un amparo presentado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La autoridad fiscal se amparó contra la resolución dictada el 15 de enero del presente año por el Tribunal Colegiado de Apelación del Séptimo Circuito con sede en Veracruz, dentro de la causa penal 146/2025, en la cual confirmó el auto de no vinculación a proceso dictado a favor de Meza Moreno.

Cabe mencionar que, en marzo pasado, la Suprema Corte también atrajo otro recurso de queja, a petición del ministro Irving Espinosa Betanzo.

La queja también fue interpuesta por el dueño de la empresa Impulsora de Productos Sustentables S.A.P.I.

Ahora, la Corte deberá resolver si el SAT está legitimado para representar el interés fiscal de la Federación en delitos de contrabando o dicha facultad es exclusiva de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), tras la entrada en vigor de su reglamento interior.

Hechos

El fallo favorable a favor del empresario derivó porque no se acreditó el requisito de procedibilidad.

Lo anterior, porque se consideró que la FGR, antes de judicializar la carpeta de investigación, debió otorgar intervención a la Dirección General Jurídica de Aduanas de la ANAM, por ser una cuestión que le compete al representar a la SHCP en su carácter de víctima u ofendido en el delito de contrabando que se encuentra previsto en el artículo 102 del Código Fiscal de la Federación.

El Tribunal explicó que el Administrador Central de Asuntos Penales y Especiales Tres de la Administración Central de Asuntos Penales y Especiales de la Administración General Jurídica del SAT presentó la declaratoria de perjuicio el 4 de mayo de 2020, fecha cuando sí estaba legitimado para emprender acciones legales.

Pero la FGR judicializó la carpeta de investigación hasta el 25 de julio de 2024, es decir, cuando ya estaba vigente el Reglamento Interior de la ANAM. Dicho reglamento entró en vigor el 1 de enero de 2022.

“Máxime que la fiscalía, al formular imputación, expuso que se encuentra en la carpeta un dictamen en materia de contabilidad de 22 de febrero de 2023, emitido por la contadora, el cual confirma el perjuicio fiscal”, detalló el Tribunal Federal.

ROA

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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