Policía

Conductor de tráiler embiste a motociclistas en Tultitlán; le paso encima de las piernas a uno de ellos

El accidente dejó a dos personas heridas; el conductor se dio a la fuga.

En el municipio de Tultitlán, Estado de México, un motociclista resultó gravemente lesionado después de ser arrollado por un tráiler que, tras el impacto, abandonó el lugar sin detener la marcha. 

El hecho ocurrió en una zona de alta afluencia vehicular y quedó registrado por una cámara de seguridad instalada en el cruce donde sucedió el incidente.

Las imágenes muestran el momento exacto en el que la motocicleta se estrella contra la unidad de carga en movimiento y cómo uno de los tripulantes queda bajo las llantas del vehículo pesado.

¿Cómo sucedió el accidente?

En la avenida José López Portillo, esquina con avenida Las Torres, Tultitlán, Estado de México, una cámara de seguridad captó el momento en el que un tráiler dio la vuelta y, en seguida, una moto a alta velocidad se estampó contra él. 

A bordo del vehículo ligero, iban dos personas, que al impactarse violentamente, terminaron en el suelo. Una de ellas se encontraba cerca de las llantas en movimiento del tráiler, lo que ocasionó que estas le atropellaran las piernas. El conductor del tractocamión se dio a la fuga.

Así se captó el momento | VIDEO

¿Qué dice el Reglamento de Tránsito sobre ir a exceso de velocidad?

​De acuerdo al Reglamento de Tránsito, los conductores de vehículos deberán respetar los límites de velocidad establecidos en la señalización vial. Indica, también, que a falta de señalamiento restrictivo específico, los límites se establecerán de acuerdo a lo siguiente:

I. En los carriles centrales de las vías de acceso controlado la velocidad máxima será de 80 kilómetros por hora.

II. En vías primarias la velocidad máxima será de 50 kilómetros por hora.

III. En vías secundarias, incluyendo las laterales de vías de acceso controlado, la velocidad máxima será de 40 kilómetros por hora.

IV. En zonas de tránsito calmado la velocidad será de 30 kilómetros por hora.

V. En zonas escolares, de hospitales, de asilos, de albergues y casas hogar, la velocidad máxima será de 20 kilómetros por hora.

VI. En estacionamientos y en vías peatonales, en las cuales se permita el acceso a vehículos, la velocidad máxima será de 10 kilómetros por hora.

¿Qué pasa si se da a la fuga el implicado en un accidente vial?

El Artículo 341 del Código Penal Federal establece que:

Al que habiendo atropellado a una persona, culposa o fortuitamente, no le preste auxilio o no solicite la asistencia que requiere, pudiendo hacerlo se le impondrá de quince a sesenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad, independientemente de la pena que proceda por el delito que con el atropellamiento se cometa.

Además, cuando del abandono resultan lesiones o la muerte, dichas consecuencias “se presumirán como premeditadas”, lo que puede agravar la pena correspondiente.


LJ

Google news logo
Síguenos en
Redacción
  • Redacción
  • digital@milenio.com
  • La redacción de Milenio está compuesta por un equipo de periodistas y colaboradores con amplia experiencia en el campo del periodismo y la comunicación.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.