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Doble Hoy No Circula 9 de enero 2026 en CdMx y Edomex: Autos que descansan por contingencia | Lista

La activación del Doble Hoy No Circula depende de la calidad del aire y las condiciones meteorológicas.

Luego de que la Comisión Ambiental de la Megalópolis declarara contingencia ambiental por la mala calidad del aire en el Valle de México, se activó el programa doble Hoy No Circula, para regular las emisiones de ozono en la atmósfera.

La Sedema destaca que las contingencias pueden activarse por la alta concentración de partículas de ozono y de otras, como las PM10 o PM25, las cuales son diminutas y se encuentran suspendidas en el aire.

Estas partículas reciben ese nombre por su diámetro en micrómetros, ya que son más pequeñas que el grosor de un cabello humano. 

¿Qué autos no circulan por contingencia ambiental?

Los automóviles que se suman a la restricción son:

Mañana viernes 9 de enero, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 2, 4, 6, 8, 9 y 0.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado azul, terminación de placa 9 y 0.

Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.

Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.

Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CdMx o del Edomex.

Los taxis con holograma de verificación '00', '0', '1' o '2' que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

¿Cuál es la MULTA por incumplir el Doble Hoy No Circula?

La multa por incumplir con la restricción del Hoy No Circula oscila entre 20 a 200 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMAS), lo que equivale a mil 792 pesos, hasta los 17 mil 924 pesos, aunado a esto el vehículo será remitido al corralón en CdMx. Mientras que en el Estado de México la multa será de mil 924 pesos.

¿Qué autos sí circulan este 9 de enero?

Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

Vehículos que porten holograma “0” o “00” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color azul y terminación de placa 9 y 0.

Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.

Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.

Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.

Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.

Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.

Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

Las motocicletas están exentas de la Fase I.

Restricciones de la Industria federal y local

¿Qué entidades integran la Megalópolis de la República Mexicana?

Según el reglamento de operación de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, la Ciudad de México, Hidalgo, estado de México, Morelos, Puebla, Querétaro y Tlaxcala integran este territorio del país. 


RM/KR



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Rafael Mejía Fernández de Lara
  • Rafael Mejía Fernández de Lara
  • Hoy editor de noticias, algún día presentador de TV. La vida me puso en la sección de policía, pero yo decidí entre ser el periodista bueno o malo. Fan de los deportes
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